Fuentes e instrumentos de financiación Préstamos

El contrato de préstamo es aquel en el que la entidad financiera entrega al cliente una cantidad de dinero, obligándose este último, al cabo de un plazo establecido, a restituir dicha cantidad, más los intereses devengados.

Fuentes e instrumentos de financiación Préstamos


No obstante, y como ya se ha mencionado, los proyectos de las Pymes suelen presentar una dimensión menor, a lo que hay que unir que muchas de estas empresas son de reciente creación o innovadoras. Todo ello aumenta el desinterés del sector privado a la hora de proceder con la financiación de proyectos insertos en el ámbito de la innovación y/o tecnología.

Ante este panorama, desde la Administración se están promoviendo figuras que favorecen la financiación a largo plazo dentro de las Pymes como, por ejemplo, el préstamo participativo que se encuentra regulado por el Real Decreto 7/1996, de 7 de junio, y la Ley 10/1996 de 18 de diciembre. En este sentido, la Empresa Nacional de Innovación, S.A. (ENISA) se encarga de ofrecer a las Pymes esta fórmula de financiación, un instrumento financiero innovador, que proporciona recursos a largo plazo sin interferir en la gestión de la empresa.

La Empresa Nacional de Innovación, S.A. (ENISA) es la encargada de ofrecer a las Pymes la figura del préstamo participativo. Se trata de una empresa de capital público adscrita al Ministerio de Industria Turismo y Comercio, a través de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa.

El préstamo participativo es un complemento o alternativa al capital riesgo para la financiación de pequeñas y medianas empresas innovadoras. Evita las tensiones que genera la entrada de terceros en el capital y elimina los procesos de valoración de las participaciones y de desinversión. Los gastos financieros derivados del préstamo son deducibles del Impuesto de Sociedades.

Las principales características del préstamo participativo son:


1. La entidad prestamista recibirá un interés variable que se determinará en función de la evolución de la actividad de la empresa prestataria. No obstante, se podrá acordar un interés fijo con independencia de la evolución de la actividad.

2. El prestatario sólo podrá amortizar anticipadamente el préstamo participativo si dicha amortización se compensa con una ampliación de igual cuantía de sus fondos propios.

3. Los préstamos participativos, en orden a la prelación de créditos, se situarán después de los acreedores comunes.

4. Los préstamos participativos se consideran patrimonio contable a los efectos de reducción de capital y liquidación de sociedades, previstas en la legislación mercantil.

5. Todos los intereses pagados son deducibles en el Impuesto de Sociedades.

Ventajas de los préstamos participativos:
1. La remuneración es deducible fiscalmente.
2. Evita la cesión de la propiedad de la empresa.
3. Evita la participación de terceros en la gestión.
4. Evita la posible entrada de socios hostiles.
5. Se incremente la capacidad de endeudamiento.
6. Adecua el pago de intereses en función de la evolución de la empresa.
7. Plazo de amortización y carencia más elevados.
8. Permite rendimientos previsibles y periódicos.
9. Permite rendimientos a corto plazo.
10. Más facilidades para desinvertir.
11. Elimina la dificultad de valoración de la empresa.
12. Posibilita un mayor rendimiento mediante la participación en los resultados.