Ayudas del Subprograma de Proyectos de Investigación Fundamental no Orientada

Hoy te informamos sobre las ayudas del Subprograma de Proyectos de Investigación Fundamental no Orientada.El Ministerio de Economía y Competitividad convoca las ayudas correspondientes al subprograma de proyectos de investigación fundamental no orientada, en el marco del VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

Este subprograma tiene por objeto la financiación de proyectos de investigación fundamental no orientada consistentes en trabajos experimentales o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos acerca de los fundamentos subyacentes de los fenómenos y hechos observables, aunque no existan perspectivas inmediatas de aplicación práctica y directa. Estos nuevos conocimientos deben suponer un avance en el ámbito en el que se encuadren.

Tipos de proyectos:
a) Proyectos A: Proyectos para jóvenes investigadores principales
b) Proyectos B. Proyectos para investigadores principales.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria
1. Los centros públicos de I+D+i
2. Los centros privados de investigación y desarrollo universitarios
3. Otros centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro
4. Centros tecnológicos
5. Otras entidades privadas sin ánimo de lucro

A la posible cofinanciación FEDER que se pudiera derivar de la ejecución de las actuaciones incentivadas al amparo de la presente resolución de convocatoria podrán acceder las siguientes entidades:
1. Organismos públicos.
2. Organismos privados que hayan sido creados específicamente para satisfacer necesidades de interés general, que no tengan carácter industrial o mercantil, que estén dotados de personalidad jurídica.

Se considerarán costes elegibles los gastos relacionados con:
I. Costes directos.
a) Gastos de personal:
b) Otros gastos de ejecución:
II. Costes indirectos.

Las ayudas de este subprograma podrán consistir en:
a) Subvención.
b) Subvención con anticipo reembolsable. Las ayudas podrán cofinanciarse con fondos FEDER asignados para la gestión de la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i en el Programa Operativo de Economía Basada en el Conocimiento y en los Programas Operativos Regionales del Objetivo Competitividad Regional y Empleo. En este caso, además de la subvención, se otorga una ayuda complementaria que tiene por finalidad anticipar aquella parte de los recursos económicos correspondientes a la subvención que, por estar cofinanciados con FEDER, no será librada hasta la correcta ejecución y justificación del proyecto. Los anticipos reembolsables estarán sujetos al cumplimiento de los requisitos de pago y justificación previstos en la normativa comunitaria.

Las características de las ayudas en forma de anticipos reembolsables serán las siguientes:

1. El importe máximo de las ayudas se determinará a partir de la cuantía de la subvención principal, en función de los recursos que pudieran corresponder a través de FEDER.
2. Tendrán un período de carencia hasta la finalización del período de elegibilidad de gastos del período de programación FEDER 2007-2013 incrementado en dos años y un único período de reembolso posterior.
3. El tipo de interés aplicable será del cero por ciento.
4. No se exigirá la constitución de garantía.

Las ayudas de este subprograma podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. Su cuantía se determinará en cada caso en función de las disponibilidades presupuestarias.

La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas a este subprograma será de 430 millones de euros, que se distribuyen conforme a la siguiente estimación: hasta un máximo de 325 millones de euros para la modalidad de subvención y 105 millones de euros para la modalidad de anticipo reembolsable, con cargo al presupuesto de gastos del año 2012.

Dado el carácter estimado de dicha cuantía, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Hay distintos plazos:
a) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 10 de enero de 2012 hasta el 7 de febrero de 2012 a las 15:00 horas las solicitudes que seleccionen las siguientes áreas temáticas de la ANEP: Ciencia y Tecnología de Materiales (TM). Ciencias de la Computación y Tecnología Informática (INF). Ingeniería Civil y Arquitectura (ICI). Ingeniería Eléctrica, Electrónica y Automática (IEL).
Ingeniería Mecánica, Naval y Aeronáutica (IME). Matemáticas (MTM). Química (QMC). Tecnología Electrónica y de Comunicaciones (COM). Tecnología Química (TQ).

b) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 12 de enero de 2012 hasta el 9 de febrero de 2012 a las 15:00 horas las solicitudes que seleccionen las siguientes áreas temáticas de la ANEP: Ciencias de la Educación (EDU). Ciencias de la Tierra (CT). Ciencias Sociales (CS). Derecho (DER). Economía (ECO). Filología y Filosofía (FFI). Física y Ciencias del Espacio (FI). Historia y Arte (HA). Psicología (PS).

c) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 17 de enero de 2012 hasta el 14 de febrero de 2012 a las 15:00 horas las solicitudes que seleccionen las siguientes áreas temáticas de la ANEP: Agricultura (AGR). Biología Fundamental y de Sistemas (BFS). Biología Vegetal, Animal y Ecología (BVA). Biomedicina (BMED). Ciencia y Tecnología de los Alimentos (TA). Ganadería y Pesca (GAN). Medicina Clínica y Epidemiología (MCLI).

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