Artículo 23 del TRLIS
Artículo 23 del TRLIS
El Artículo 23 del TRLIS (Texto Refundido del Impuesto de Sociedades) es esencial para poder conocer el Patent Box, y dice que:
1. Los ingresos procedentes de la cesión del derecho de uso o de explotación de patentes, dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos secretos, de derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas, se integrarán en la base imponible en un 50% de su importe, cuando la entidad cedente haya creado los activos objeto de cesión, que el cesionario no resida en un país o territorio de nula tributación o considerado como paraíso fiscal, y que la entidad disponga de los registros contables necesarios para poder determinar los ingresos y gastos, directos e indirectos, correspondientes a los activos objeto de cesión.
2. La reducción no se aplicará a partir del período impositivo siguiente a aquel en que los ingresos procedentes de la cesión de cada activo, computados desde el inicio de la misma y que hayan tenido derecho a la reducción, superen el coste del activo creado, multiplicado por seis.
3. La reducción deberá tenerse en cuenta a efectos de la determinación del importe de la cuota íntegra a que se refiere el artículo 31.1.b de esta Ley.
4. Los ingresos y gastos derivados de la cesión, no serán objeto de eliminación para determinar la base imponible del grupo fiscal.
De reciente creación y publicación, esta nueva ley, es altamente desconocida por el tejido empresarial español.
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