Nuevo Reglamento para ayudas sujetas a Minimis

Reglamento para ayudas sujetas a régimen de minimis.


La Unión Europea establece que las ayudas sujetas a minimis se regularán bajo el nuevo Reglamento (UE) 2023/2831, vigente desde el 1 de enero de 2024.

Actualizaciones más relevantes:

  • Incremento del importe máximo a 300.000€. Hasta 2023, el límite para las ayudas sujetas a régimen de minimis era de 200.000€ en un período de tres ejercicios fiscales (el presente y los dos anteriores).

  • Incremento del importe máximo a 750.000€ para servicios de interés económico general (SIEG) en un período de tres ejercicios fiscales (el presente y los dos anteriores).

    • Los servicios de interés económico general son actividades de servicio comercial que cumplen misiones de interés general y que están sujetas a obligaciones específicas de servicio público. Entre ellos figuran las redes de transporte, energía, comunicación y los servicios postales.




El nuevo reglamento tendrá una duración extendida, asegurando que las normas y límites revisados permanezcan en vigor durante un período significativo, facilitando así la planificación y aplicación a largo plazo.

 

Puedes consultar el funcionamiento de las ayudas sujetas a minimis aquí.

 



 
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