Subvenciones para la mejora de la competitividad de las empresas

Desde la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, se aprueba la convocatoria 2025 de las subvenciones para la mejora de la competitividad de las empresas, en régimen de concesión directa.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

mejora de la competitividad de las empresas

LA RIOJA

Desde la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, se aprueba la convocatoria 2025 de las subvenciones para la mejora de la competitividad de las empresas, en régimen de concesión directa.   La convocatoria dotada de ayudas es de 10.000.000 euros.  

OBJETIVO

  • Fomentar proyectos de inversión para la mejora de la competitividad de las empresas.

BENEFICIARIOS

  • Podrán acogerse a esta ayuda las PYMES cuya actividad esté incluida en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas C.N.A.E 2025:
    • B INDUSTRIAS EXTRACTIVAS.
    • C INDUSTRIAS MANUFACTURERAS, con excepción de las industrias agroalimentarias (Anexo I del Tratado CE). Se subvenciona la producción de biocarburantes a base de alimentos.
    • E38 Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
    • E39 Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.
    • G 46 Comercio al por mayor. Se exceptúa el comercio al por mayor de productos agroalimentarios (Anexo I del Tratado CE).
    • G 47.8 Comercio al por menor de vehículo de motor, motocicletas y sus repuestos y accesorios.
    • H 49.41 Transporte de mercancías por carretera (se subvenciona exclusivamente si se acoge al artículo 17).
    • H 52 Depósito, almacenamiento y actividades auxiliares del transporte.
    • J 58 Edición.
    • K Telecomunicaciones, programación informática, consultoría, infraestructura informática otros servicios de información.
    • N 71 Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.
    • N 72 Investigación y desarrollo.
    • N 73.11 Actividades de las agencias de publicidad.
    • N 74.10 Actividades de diseño especializado.
    • N 74.20 Actividades de fotografía.
    • 92 Actividades de envasado y empaquetado.
    • R 86.2 Actividades médicas y odontológicas.
    • R 86.9 Actividades sanitarias.
    • S 90 Actividades de creación artística y artes escénicas.
    • S 93.29 Otras actividades recreativas y de entretenimiento.
    • T 95.3 Reparación y mantenimiento de vehículos de motor y motocicletas

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Creación de un nuevo establecimiento.
  • Ampliación de un establecimiento existente / Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
  • Diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o en productos que anteriormente no se producían en el mismo.
Cambio esencial o transformación global en el proceso general de producción de un establecimiento existente.Inversión mínima proyectos:
  • Con carácter general: 50.000 €
  • Empresa de nueva creación o empresas de hasta 10 trabajadores: 20.000 €.
  • Proyectos cofinanciados con fondos FEDER: 200.000 €.

INVERSIONES SUBVENCIONABLES

  • Adquisición por compraventa de terrenos calificados como suelo industrial.
  • Adquisición de naves o locales.
  • Construcción de nuevos bienes inmuebles, así como la modernización, mejora o reforma de nuevos emplazamientos no desarrollaba previamente su actividad, incluso en aquellos casos en los que el local sea propiedad de terceros.
  • Instalaciones técnicas.
  • Adquisición de maquinaria y bienes de equipo nuevos.
  • Adquisición de equipos informáticos nuevos.
  • Honorarios de proyecto y dirección de obra.

TIPO DE AYUDA

  • Ayuda no está sujeta al régimen de minimis.
  • Subvención a fondo perdido:
    • Mediana empresa: 10% del coste subvencionable
    • Pequeña empresa: 20% del coste subvencionable
 

PLAZOS

  • EJECUCIÓN: posterior a la fecha de solicitud
  • SOLICITUD: 16/04/2025 a las 9:00h hasta el 12/12/2025 a las 14:00h