Subvenciones a inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas
Se aprueba la Subvenciones a inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas
FINANCIACIÓN PÚBLICA
ARAGÓN
El Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación del Gobierno de Aragón aprueba la convocatoria para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027 para el año 2027.
Dotación presupuestaria: 18.985.427,08 €
OBJETIVO
- Mejorar el rendimiento y desarrollo económico, fomentar los productos de calidad, favorecer la innovación, la internacionalización, la digitalización y el marketing en el ámbito de la transformación y de la comercialización de productos agrarios.
BENEFICIARIOS
- Personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones titulares de industrias agroalimentarias ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma, y responsables finales de la financiación de las inversiones y de los gastos subvencionables, que transformen, comercialicen o desarrollen:
- Productos agrarios enumerados en el anexo I del TFUE y el algodón, con excepción de los productos de la pesca, aun cuando el producto resultante no esté incluido en el anexo.
- Productos alimentarios distintos de los productos agrícolas del anexo I del TFUE, siempre y cuando la inversión la ejecute la persona beneficiaria en el medio rural.
- Si las actividades subvencionadas tuvieran como objeto un producto no enumerado en el anexo I del TFUE, únicamente podrán ser personas beneficiarias aquellas que, adicional y acumulativamente, tengan la condición de PYME.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Inversiones materiales o inmateriales que realicen las industrias agroalimentarias con la finalidad de transformar, comercializar o desarrollar productos agrícolas incluidos en el anexo I del TFUE, pudiendo el producto resultante no estar incluido en dicho anexo.
- Inversiones relativas a productos alimentarios distintos de los productos agrícolas del anexo I del TFUE, siempre y cuando se ejecuten en el medio rural.
- Proyectos sobre medios productivos y elementos relacionados con el Pacto Verde Europeo, la innovación, la sostenibilidad y la transformación digital de los procesos críticos de negocio, en particular los relacionados con el incremento de ventas.
- Implantación de tecnologías y procedimientos para desarrollar productos nuevos o de mayor calidad y apertura de nuevos mercados, sistemas de calidad, procesamiento de biomasa agrícola para producción de energía o incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogás) y cogeneración.
COSTES ELEGIBLES
- La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles directamente relacionados con el objeto de la subvención.
- La compra de nueva maquinaria y equipos de primera mano, hasta el valor de mercado del producto, así como inversiones derivadas de la adquisición y/o mejora de activos tangibles e intangibles directamente relacionadas con la innovación, sostenibilidad medioambiental, industria 4.0, ventas, transformación digital u otras relacionadas.
- Costes generales vinculados al proyecto de inversión: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, asesoramiento sobre sostenibilidad económica y medioambiental y transformación digital, incluidos estudios de viabilidad, con el límite del 6 %, debidamente justificados documentalmente.
- Inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos e infraestructura TIC necesaria para la ejecución y optimización del proyecto; adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas relacionadas.
- Inversiones derivadas de proyectos tendentes al incremento de ventas mediante la mejora de la comercialización y la implantación de nuevos canales de ventas.
- Inversiones destinadas a garantizar una oferta estable del producto comercializado o a poner en marcha estructuras estables de mayor capacidad que integren los eslabones de la cadena de valor alimentaria.
- El importe mínimo admitido para cada concepto de gasto solicitado será de 2.000 euros por proveedor. Con carácter general deberán aportarse como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades.
- La inversión total mínima del proyecto será de 100.000 €.
TIPO DE AYUDA
- Subvención en régimen de concurrencia competitiva
- Sujeta a minimis exclusivamente para las inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola para la producción de energía y biocarburante y para la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria (renovables y cogeneración).
- Cuantía máxima de subvención: 1.000.000 €
- Intensidad de la subvención:
- En todos los casos, la cuantía máxima de la subvención no superará el 40 % del importe de las inversiones subvencionables.
- Para transformación en productos agrarios enumerados en el anexo I del TFUE y productos alimentarios: 10 % de la inversión.
- 10 % adicional para proyectos promovidos por una PYME.
- 5 % adicional para pequeñas empresas.
- 20 % adicional para cooperativas que presenten proyectos promovidos o que beneficien, al menos, a dos cooperativas.
- Para una actuación que dé como resultado un producto no enumerado en el anexo I del TFUE, cuando se cumplan las condiciones del artículo 17 del Reglamento (UE) 651/2014: 20 % de los costes subvencionables para pequeñas empresas y 10 % para medianas empresas.
- Para inversiones en procesamiento de biomasa agrícola para producción de energía y biocarburante o incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: 20 % para pequeñas empresas y 10 % para medianas empresas, teniendo en cuenta el límite de minimis indicado.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
- Puntuación mínima: 65 puntos sobre 165.
- Principales factores de valoración: tipo de beneficiario, ubicación, productividad, incremento de ventas, calidad diferenciada, diversificación, sostenibilidad/Pacto Verde, Industria 4.0, internacionalización, creación de empleo y estrategia de marketing/comercialización.
- En caso de empate, se priorizan ventas e internacionalización, creación de empleo y ubicación en zonas más despobladas.
PLAZOS
- EJECUCIÓN: desde el día de presentación de la solicitud, siendo además necesario que se levante la correspondiente acta de no inicio de la inversión hasta:
- Anualidad 2027: 15/09/2027.
- Anualidad 2028: 15/09/2028.
- Anualidad 2029: 30/04/2029.
- SOLICITUD: desde el 27/08/2026 hasta el 27/11/2026.