Subvenciones a inversiones empresariales de alto impacto 2025 (Segunda convocatoria)

El Departamento de Empresa y Trabajo de Cataluña ha publicado la convocatoria de las subvenciones a inversiones de alto impacto para 2025


FINANCIACIÓN PÚBLICA

Alto impacto 2025

CATALUÑA El Departamento de Empresa y Trabajo de Cataluña ha publicado la convocatoria de las subvenciones a inversiones de alto impacto para 2025

OBJETIVO

  • Impulsar la competitividad de Cataluña atrayendo inversiones estratégicas que generen empleo o activos fijos de alto impacto económico e industrial.

BENEFICIARIOS

  • Empresas con establecimiento operativo en Cataluña o en proceso de estarlo.
  • EXCLUIDAS: empresas con proyectos de comercio al por menor, de centros de atención telefónica o centros de contacto, del sector inmobiliario, de sacrificio de ganado, de conservación de carne, de elaboración de productos cárnicos y de producción primaria de productos agrícolas.
  • Para la Acción 2.4: Solo Microempresas y Pymes.
  • EXCLUIDAS DE LAS ACCIONES 2.3 y 2.4:
    • Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas en los casos siguientes:
      • Cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas.
      • Cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.
    • Las ayudas a los sectores del acero, el lignito y el carbón.
    • sector de la producción agrícola primaria.
    • Las empresas que operan en el sector de la pesca y la acuicultura.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Línea 1: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto de creación de empleo.
  • Acción 1.1: Proyectos de creación de empleo en centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, de nuevos centros de servicios en el ámbito de las TIC y proyectos que impliquen el desarrollo de una nueva actividad claramente diferenciada de la actividad actual de un centro existente..
    • Los proyectos se tendrán que llevar a cabo en municipios que no formen parte de las comarcas del Barcelonès, Baix Llobregat, Vallès Oriental y Vallès Occidental.
    • La creación mínima de puestos de trabajo será de 25.
  • Acción 1.2: Proyectos de creación de empleo en centros de decisión de ámbito supraregional,
    • La creación mínima de puestos de trabajo será de 10.
  • Acción 1.3: Proyectos de creación de empleo en proyectos industriales, excluidos los centros logísticos de supermercados o grandes superficies y los centros logísticos dedicados al comercio electrónico.
    • La creación mínima de puestos de trabajo será de 10.
  • Acción 1.4: Proyectos estratégicos para la economía catalana intensivos en la creación de empleo.
    • La creación mínima de puestos de trabajo será de 50.
  • Acción 1.5: Proyectos de creación de empleo en centros de I+D, entendidos como centros o unidades o áreas diferenciadas de una empresa, dedicados principalmente a actividades de investigación, desarrollo y/o innovación.
    • La creación mínima de puestos de trabajo será de 5.
  Línea 2: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto en activos fijos:
  • Acción 2.1: Proyectos de inversión en activos fijos . El gasto mínimo aceptado en activos fijos materiales e inmateriales será de 000.000 euros.
  • Acción 2.2: Proyectos de inversión en activos fijos en centros de I+D,. El aceptado en activos fijos materiales e inmateriales será de 000.000 euros.
  • Acción 2.3: Proyectos estratégicos para la economía catalana que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña o la apertura de nuevos emplazamientos de las empresas ya presentes. El gasto mínimo aceptado en activos fijos productivos debe ser de 000.000,00 de euros y se requiere la creación neta de al menos 30 puestos de trabajo directos. No serán elegibles los proyectos de centros logísticos o proyectos de centros de distribución. Los proyectos elegibles deben llevarse a cabo en alguno de los municipios incluidos en el mapa de ayudas de finalidad regional (ver anexo).
  • Acción 2.4: Proyectos estratégicos para la economía catalana llevados a cabo por pequeñas y medianas empresas que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña, la apertura de nuevos emplazamientos de las empresas ya presentes o una ampliación y/o diversificación de la actividad de emplazamientos ya existentes. El gasto mínimo aceptado en activos fijos productivos debe ser de 000.000,00 de euros y se requiere la creación neta de al menos 5 puestos de trabajo directos. No serán elegibles los proyectos de centros logísticos o proyectos de centros de distribución.

COSTES ELEGIBLES

  • Para las acciones 1.1, 1.2, 1.3 y 1.5 se considera subvencionable el coste laboral de los primeros 6 meses del nuevo personal contratado.
  • Para la acción 1.4 se considera subvencionable:
    • El coste laboral de los primeros 12 meses en el caso de contratación de trabajadores considerados desfavorecidos.
    • El coste laboral de los 6 primeros meses del nuevo personal contratado que no pueda considerarse trabajador desfavorecido.
  • Para las acciones dentro de la línea 2, serán elegibles:
    • Activos materiales: maquinaria, equipamiento e instrumental de laboratorio e instalaciones de nueva adquisición directamente vinculadas al proceso productivo e inversiones que incorporen procesos con alto contenido tecnológico en los equipos ya existentes.
    • Activos inmateriales: Inversión en transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados y adquisición de software vinculado al proceso productivo.
      • En el caso de las acciones 2.3 y 2.4, también son subvencionables los gastos en activos inmobiliarios, obra civil, instalaciones asociadas a la obra civil y adquisición de terrenos.

TIPO DE AYUDA

  • Las ayudas de las acciones 1.1, 1.2, 1.3, 1.5, 2.1 y 2.2 están sujetas al régimen de minimis.
  • Las intensidades y cuantías máximas por actuación serán las siguientes:
Línea Actuación Intensidad máxima Importe máximo
1. Proyectos de inversión empresarial de Alto impacto de creación de empleo 1.1 30% 200.000,00 €
1.2 30% 300.000,00 €
1.3 30% 300.000,00 €
1.4 50 % para trabajadores desfavorecidos y 30 % para trabajadores no desfavorecidos 1.000.000,00 €
1.5 30% 300.000,00 €
2. Proyectos de inversión empresarial de alto impacto en activos fijos 2.1 10% 300.000,00 €
2.2 15% 300.000,00 €
2.3 15% 3.000.000,00 €
2.4 10% 2.000.000,00 €
  Se incluye la auditoría de cuentas financiada al 100% hasta un máximo de 1.500€.  

PLAZOS

  • EJECUCIÓN: Entre el 01/01/2025 y el 31/12/2027
    • En el caso de las acciones 1.4, 2.3 y 2.4, los proyectos deben iniciarse a partir de la fecha de solicitud y deben finalizar en tres años a partir de esta fecha.
  • SOLICITUD: desde el 8 de septiembre hasta el 9 de octubre de 2025.