Proyectos empresariales en zonas de transición nuclear

El Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Catalunya (a través de ACCIÓ) publica las bases reguladoras para las subvenciones para proyectos empresariales llevados a cabo en zonas de transición nuclear.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

Transición nuclear 

CATALUÑA El Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Catalunya (a través de ACCIÓ) publica las bases reguladoras para las subvenciones para proyectos empresariales llevados a cabo en zonas de transición nuclear.   NOTA: Un proyecto subvencionado en la convocatoria 2025 no podrá recibir subvención en 2026 para los mismos gastos subvencionables.  

OBJETIVO

  • Fomentar el desarrollo económico y social en los territorios afectados por el cierre de las centrales nucleares de Ascó y Vandellòs (zonas PENTA I y II), impulsando la reindustrialización, la creación de empleo de calidad, la innovación y el reequilibrio territorial.

BENEFICIARIOS

  • Empresas que estén establecidas o desarrollen su proyecto en los municipios ubicados en un radio menor o igual a 30 km de las centrales nucleares, dentro de las zonas de planificación I y II del Plan de emergencia nuclear exterior en las centrales nucleares de Ascó y Vandellòs (PENTA).  Anexo 1.

TIPO DE AYUDA Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Línea 1: Proyectos de inversión empresarial
    • Gastos subvencionables: Compra de terrenos y edificios; Obra civil y reformas en instalaciones; Maquinaria y equipamiento productivo; Software vinculado al proceso productivo; Licencias y costes asociados a la inversión y Gastos de elaboración de auditor de cuentas.
    • Tipo de ayuda:
Tipo de empresa Sector Intensidad máxima Ayuda máxima Reglamento aplicable
Pequeña Transformación o comercialización de productos agrícolas 60% 2.000.000€ RGEC agrícola (artículo 17)
Resto de sectores elegibles 35% 2.000.000€ RGEC (artículo 14) [2]
60% 300.000€ minimis
20% 2.000.000€ RGEC (artículo 17)
Media Transformación o comercialización de productos agrícolas 60% 2.000.000€ RGEC agrícola (artículo 17)
Resto de sectores elegibles 25% 2.000.000€ RGEC (artículo 14) [2]
60% 300.000€ minimis
10% 2.000.000€ RGEC (artículo 17)
Gran empresa Resto de sectores elegibles 15% 2.000.000€ RGEC (artículo 14) [2]
60% 300.000€ minimis
  • Presupuesto Mínimo: El gasto aceptado en activos fijos debe ser igual o superior a 100.000 €
  • Plazos de ejecución:
- Incorporación de una nueva actividad, ampliación de capacidad productiva o una mejora del proceso productivo en un establecimiento ya existente: Desde el 1/1/2025 (minimis) o la fecha de solicitud hasta el 30/06/2027 - Creación de un nuevo establecimiento: Desde el 1/1/2025 hasta 31/12/2028. (minimis) o la fecha de solicitud hasta el 31/12/2028 hasta tres años a partir de la fecha de solicitud  
  • Línea 2: Proyectos de creación de empleo
    • Gastos subvencionables: Costes laborales de los primeros 12 meses del contrato; Costes de auditoría (máx. 1.500 €). creación de un mínimo de tres nuevos puestos de trabajo
    • Tipo de ayuda: el importe máximo se establece según Reglamento europeo aplicable y distingue entre
- desfavorecidos: 50%, ayuda máxima 5.500.000,00€ - no desfavorecidos: 50%, ayuda máxima 300.000,00 € (sujeta a minimis)
  • Plazos de ejecución: Desde el 1/1/2026 hasta el 30/06/2027
  • Línea 3: Subvenciones para proyectos de crecimiento y nuevas oportunidades de negocio:
  • Línea 3.1: Cambio estratégico
    • Gastos subvencionables: Servicios de asesoramiento estratégico externo.
    • Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido. Hasta un 75% de los gastos de asesoramiento externo (máx. 30.000€).
    • Sujeta a régimen de minimis.
    • Plazos de ejecución: Desde el 1/1/2026 hasta el 30/06/2027
  • Línea 3.2: Cambio estructural
    • Gastos subvencionables: Compra de maquinaria y equipamiento; Gastos de personal técnico interno; Formación del personal; Prototipos o pruebas piloto; Desarrollo de software a medida; Costes de auditoría.
    • Tipo de ayuda:
Tipología Pequeña Mediana Gran
Adquisición de maquinaria y equipamiento 20% 10% N/A 10% (minimis)
Gastos Externos 75% 75% 75%
Gastos de formación 25% 25% 25%
Gastos de personal 75% 75% 75%
Gastos de Auditoría 100% 100% 100%
  • La ayuda máxima para los gastos de auditoría será de 1.500€
  • La ayuda máxima total será de 210.000€
  • Plazos de ejecución: Desde la fecha de solicitud hasta el 30/06/2027
  • Línea 3.3: Captación de talento
    • Gastos subvencionables: Coste laboral durante 12 meses de mínimo 3 personas contratadas; Costes de auditoría (máx. 1.000 €).
    • Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido. Hasta un 75% del coste laboral bruto anual de cada nuevo perfil cualificado (máx. 50.000€); gastos de auditoría (máx. 1.000€).
    • Sujeta a minimis
    • La ayuda total por proyecto máxima será de 201.000€
    • Plazos de ejecución: 01/01/2026 hasta el 30/06/2027
  • Línea 4: Proyectos cooperativos
    • Gastos subvencionables: Gastos de contratación de servicios a terceros y gastos externos; Gastos de personal; Gastos de coordinación facturados por parte del coordinador.
    • Tipo de ayuda: Hasta un 75%, 100% gastos de auditoría (máx. 2.000€).
    • Sujeta a minimis
    • El gasto subvencionable solicitado deberá ser de maximo 200.000€
    • Presupuesto Mínimo: 000€ como mínimo por participante
    • Plazo de ejecución: 01/01/2026 hasta el 30/06/2027.
  • Línea 5: Emprendimiento de alto valor añadido
    • Gastos subvencionables: Personal contratado, contratación de servicios a terceros, inversiones en materiales y equipamiento.
    • El gasto subvencionable aceptado del proyecto deberá ser de 20.000€ como mínimo y de 85.000€ como máximo.
    • Tipo de ayuda: Hasta un 100% para gastos de personal, servicios, inversión en materiales y otros gastos, gastos de auditoría (máx. 1.500€).
    • La ayuda máxima total será de 50.000€
    • Los gastos principales encajan en RGEC artículo 22 y la auditoría se apoya en mínimis
    • Presupuesto Mínimo: 20.000 € y máximo de 85.000
    • Plazo de ejecución: Desde la fecha de solicitud hasta el 30/06/2027
  • Línea 6: Proyectos de innovación tecnológica
    • Gastos subvencionables: Colaboraciones externas y subcontratación: servicios especializados de ingeniería o diseño, y servicios de ensayos y pruebas de concepto, adquisición de equipamiento, y software o licencias de uso de software necesarias para el proyecto, además de la auditoría.
    • El gasto subvencionable aceptado del proyecto deberá ser de 25.000€
    • Tipo de ayuda: Hasta un 75%, 100% gastos de auditoría (máx. 1.500€).
    • La ayuda máxima será de 150.000€ por proyecto.
    • Sujeta a minimis
    • Presupuesto Mínimo: 25.000 €
    • Plazos de ejecución: del 1/1/2026 hasta el 30/06/2027
Esta subvención tienes derecho a un anticipo del 80% sin presentar aval.  

PLAZOS

  • SOLICITUD: a determinar en la convocatoria.