CDTI: Proyectos de inversión innovadora FEMPA para acuicultura y transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura

NACIONAL El CDTI participa en el Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) para financiar Proyectos de inversión innovadora FEMPA.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

Proyectos de inversión innovadora FEMPA 

NACIONAL El CDTI participa en el Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) para financiar Proyectos individuales de inversión en acuicultura y Proyectos individuales de inversión en actividades de comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.  

OBJETIVO

  • Financiar Proyectos individuales de inversión en acuicultura y en actividades de comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.
 

BENEFICIARIOS

  • Para los proyectos de inversiones productivas en acuicultura: empresas acuícolas, tanto PYMES como Grandes Empresas.
  • Para los Proyectos de inversiones en comercialización y transformación: PYMEs que operen en el sector comercializador y transformador de productos pesqueros y/o acuícolas.
 

 ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Se podrán conceder ayudas bajo esta tipología a las siguientes actividades:
1) Proyectos de inversiones productivas en acuicultura, destinados a promover actividades acuícolas sostenibles, especialmente reforzando la competitividad de la producción acuícola, garantizando al mismo tiempo que las actividades sean medioambientalmente sostenibles a largo plazo, a través de inversiones para una acuicultura económicamente viable, competitiva y atractiva. a) Inversiones productivas en la acuicultura y/o modernización de los centros acuícolas que sean innovadoras, reduzcan su impacto ambiental, aumenten la resiliencia al cambio climático y mejoren la eficiencia energética, entre otras. b) Inversiones que favorezcan la automatización y digitalización de procesos. c) Inversiones para optimizar los procesos, recursos y residuos a través de la economía circular. d) Inversiones para mejorar la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor. e) Inversiones para diversificar la producción acuícola y las especies cultivadas. 2) Proyectos de inversiones en comercialización y transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura que promuevan la comercialización, la calidad y el valor añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación de dichos productos. a) Fomenten la calidad y el valor añadido de los productos. b) Aumenten la eficiencia energética o a reducir el impacto en el medio ambiente, así como mejorar la movilidad sostenible de la distribución de productos de la pesca. c) Favorezcan la economía circular mediante la prevención (ecodiseño y ecoeficiencia), optimización de los procesos y minimización de los residuos, el aprovechamiento comercial de los capturas no deseadas y subproductos, uso de descartes para el desarrollo de subproductos, transformación de capturas de pescado comercial que no puede destinarse al consumo humano, y transformación de subproductos obtenidos de las actividades principales de transformación. d) Fomenten la transformación de productos de la acuicultura ecológica, en virtud de los artículos 7 y 8 del Reglamento (UE) 2018/848. e) Fomenten la adaptación de los operadores a los requisitos de cumplimiento y certificación de acuerdo con el Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo o del Reglamento (UE) 2018/848 en lo relativo a productos de acuicultura ecológica. f) Den lugar a nuevos o mejores productos, nuevos o mejores procesos, o nuevos o mejores sistemas de gestión y organización perfeccionados, en materia de la transformación, la conservación y la comercialización de los productos, incluyendo proyectos piloto.  

COSTES ELEGIBLES

  • Inversiones y gastos elegibles:
    • adquisición de activos fijos nuevos necesarios para el desarrollo del proyecto;
    • costes de personal dedicado al proyecto, sin admitir costes/hora superiores a 60 euros;
    • costes de materiales fungibles y consumibles; subcontrataciones;
    • costes generales, calculados aplicando un tipo fijo de hasta el 15% de los costes directos de personal subvencionables;
    • costes de auditoría del proyecto, con un límite máximo de 2.000€. La formalización de las inversiones y gastos deberá ser posterior a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda a la línea LIF en la sede electrónica del CDTI.
  • Subcontratación: con carácter general, las subcontrataciones externas no podrán superar el 80% del presupuesto elegible; el CDTI podrá autorizar hasta el 100% cuando técnicamente esté justificado.
 

TIPO DE AYUDA

  • Modalidad: Ayuda Parcialmente Reembolsable .
    • Ppto Mínimo financiable: 175.000 €.
    • Ppto Máximo financiable: 9.500.000 €.
  • Cobertura total del CDTI: Hasta el 75% del presupuesto elegible (elevable hasta el 85% en Canarias).
    • Tramo No Reembolsable (Subvención a fondo perdido): 33% sobre la cobertura del 75%.
  • Condiciones del Préstamo:
    • Tipo de interés: Euribor a 1 año (fijado a la fecha de concesión, con suelo del 0%).
    • Amortización: Plazo de 10 años con 1 año de carencia de capital desde la finalización del proyecto. Liquidaciones semestrales
  • Presupuesto mínimo financiable: 175.000 euros.
  • Presupuesto máximo financiable: 9.500.000 euros.
 

PLAZOS

  • EJECUCIÓN: duración mínima de 9 meses y máxima de 24 meses, con un único hito, con finalización no posterior al 31/03/2029.
  • SOLICITUD: abierta permanentemente.