Proyectos de cooperación público- privada para la transferencia tecnológica

La Consejería de Economía, Hacienda y Empresa ha publicado las bases reguladoras para la concesión de ayudas público-privada para fomentar la transferencia de tecnología, enmarcadas en la Estrategia de Investigación e Innovación para la especialización inteligente y sostenible de la Región de Murcia 2021-2027, RIS4 Región de Murcia.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

Transferencia tecnológica

MURCIA La Consejería de Económica, Hacienda y Empresa de la Región de Murcia, ha publicado las Bases Reguladoras de las ayudas destinadas a fomentar la I+D empresarial en el marco de la estrategia RIS4 para el periodo 2021-2027. Dotación presupuestaria: 5.833.334,00 €  

OBJETIVO

  • Fomentar el desarrollo experimental en las empresas, la I+D en cooperación público-privada y la transferencia de tecnología y conocimiento.
 

BENEFICIARIOS

  • Agrupaciones de entidades innovadoras, formadas por, al menos, dos entidades independientes, siendo obligatoriamente una entidad pública y otra entidad privada.
  • Las entidades deberán estar constituidas con anterioridad a la entrada en vigor de la correspondiente convocatoria y poseer personalidad jurídica propia, así como tener domicilio social o establecimiento productivo u operativo en el ámbito territorial de la Región de Murcia.
Transferencia tecnológica

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Proyectos en cooperación público-privada presentados por agrupaciones de entidades innovadoras, formadas por al menos dos entidades independientes, siendo obligatoriamente una de ellas pública y la otra privada, que plantean un proyecto de I+D sobre la base de la división del trabajo.
  • Los proyectos a subvencionar deberán estar enmarcados en los ámbitos de la Estrategia de Investigación e Innovación para la especialización inteligente y sostenible de la Región de Murcia para el periodo 2021-2027, y en concreto en el objetivo específico “Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación y asimilar tecnologías avanzadas”.
 

COSTES ELEGIBLES

    • Costes de personal:
      • Costes salariales del personal que desarrolle tareas en el proyecto subvencionado y tengan un contrato laboral con la entidad beneficiaria. Para las empresas y organismos no públicos se podrá imputar una dedicación máxima del 80% de su jornada laboral, será del 100% para el personal contratado con posterioridad a la fecha de solicitud.
      • Costes salariales del personal directivo que desarrolle tareas en el proyecto subvencionado. Podrá imputar un máximo del 30% de dedicación sobre el total de la jornada laboral, en caso de pyme este porcentaje será del 70%.
      • Coste relativo a un trabajador autónomo económicamente dependiente, siempre y cuando cumpla los requisitos de este tipo de relación laboral. Para las empresas y organismos no públicos se podrá imputar una dedicación máxima del 80% de su jornada laboral, será del 100% para el personal contratado con posterioridad a la fecha de solicitud.
      • En universidades y organismos públicos de investigación solo se considerará subvencionable el personal de nueva contratación con dedicación al proyecto.
    • Costes de equipo e instrumental: material, suministros, gastos generales y otros gastos de funcionamiento adicionales.
    • Colaboraciones externas: los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, y los costes de consultoría y servicios equivalentes.
    NOTA: Se considerarán subvencionables a tipo fijo el 25% del total de costes directos subvencionables del proyecto tenidos en cuenta para la concesión de la ayuda y que se deriven directamente del proyecto.
Transferencia tecnológica

TIPO DE AYUDA

  • Ayuda en forma de subvención y no sujeta a régimen de minimis.
  • La cuantía máxima para cada beneficiario asciende a 220.000 euros, por cada proyecto en el que participen.
  • Para las entidades públicas y entidades privadas sin ánimo de lucro se podrá conceder hasta el 100% de los costes subvencionables.
  • Las intensidades máximas serán las siguientes:
    • Para pequeñas empresas: el 45% de los costes subvencionables.
    • Para medianas empresas: el 35% de los costes subvencionables.
    • Para grandes empresas: el 25% de los costes subvencionables.
 

PLAZOS

  • EJECUCIÓN: Plazo máximo de 18 meses desde la presentación de la solicitud (Efecto Incentivador).
  • SOLICITUD: 10/12/2025 hasta 09/02/2026