IVACE: PROGRAMA MOVES III - Vehículos

El IVACE ha publicado el Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES III-Vehículos) en la Comunitat Valenciana.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

COMUNIDAD VALENCIANA

  El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) ha publicado la convocatoria de ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila combustible con un presupuesto de 48 millones de euros.  
 

A.    BENEFICIARIOS

 
  • Empresas válidamente constituidas en España, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo NIF comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, que tengan su domicilio social o desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana.
 
  • También serán beneficiarias los profesionales autónomos, las personas físicas, las comunidades de propietarios, las entidades locales y el sector público institucional.
 
 

B.     PROYECTOS SUBVENCIONABLES

  Los proyectos y actuaciones susceptibles de ser objeto de ayudas serán los siguientes:  
  • Será subvencionable la adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (también llamado leasing operativo) de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda, salvo en los casos de renting, en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de renting.
 
  • También será subvencionable la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1, N1, L3e, L4e y L5e y con hasta nueve meses de antigüedad ("vehículos demo"), contada desde su primera matriculación hasta la fecha de registro de la solicitud de ayuda, y cuya titularidad deberá ostentarla el concesionario, punto de venta o fabricante/importador que realice la venta del vehículo al destinatario último de la ayuda.
 
 

C.     VEHÍCULOS SUSCEPTIBLES DE AYUDA

  Los vehículos susceptibles de ayudas deberán pertenecer a alguna de estas categorías:  
  • Turismos M1.
  • Furgonetas o camiones ligeros N1.
  • Cuadriciclos ligeros L6e.
  • Cuadriciclos pesados L7e.
  • Motocicletas L3e, L4e, L5e.
 
 

D.    REQUISITOS DE LA AYUDA

  Para los vehículos pertenecientes a las categorías M y N se exige la pertenencia a alguno de los siguientes tipos:  
  • Vehículos eléctricos puros (BEV)
  • Vehículos eléctricos de autonomía extendida (EREV)
  • Vehículos híbridos «enchufables (PHEV)
  • Vehículo eléctrico de células de combustible (FCV)
  • Vehículo eléctrico híbrido de células de combustible (FCHV)
  Para los vehículos pertenecientes a la categoría L se exige:  
  • Estar propulsados exclusivamente por motores eléctricos y estar homologados como vehículos eléctricos.
  • Las motocicletas eléctricas nuevas (categorías L3e, L4e y L5e) susceptibles de ayuda han de tener baterías de litio, motor eléctrico con una potencia del motor igual o superior a 3kW, y una autonomía mínima de 70 km.
  La fecha de factura de compraventa y fecha de matriculación deberá ser posterior a la fecha de registro de la ayuda para empresas, y posterior al 9 de abril de 2021 para el resto de los beneficiarios.  
 

E.     TIPO DE INCENTIVO

 
  • La cuantía de la ayuda dependerá del tipo de beneficiario y el tamaño del mismo, así como del tipo de vehículo subvencionable.
  • La ayuda podría verse incrementada con el achatarre del anterior vehículo.
 
 

F.     PLAZO DE SOLICITUD

  El plazo de presentación de solicitudes a este programa de ayudas se iniciará el día 29 de julio de 2021 y finalizará el 30 de junio de 2025.