MOVES III: Ayudas para vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga
Se convocan subvenciones correspondientes a los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, en el Principado de Asturias.
FINANCIACIÓN PÚBLICA
MOVES III: AYUDAS PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS
ASTURIAS Se convocan subvenciones correspondientes a los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, en el Principado de Asturias. Dotación presupuestaria: 8.000.000 €, distribuidos a partes iguales entre ambas líneas: 4.000.000 € para adquisición de vehículos eléctricos y 4.000.000 € para infraestructura de recarga.OBJETIVO
Impulsar la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y fomentar la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en el territorio del Principado de Asturias.BENEFICIARIOS
- Personas físicas residentes en España, incluyendo aquellas que desarrollen actividades económicas
- Comunidades de propietarios
- Entidades locales del Principado de Asturias.
- Autónomos y empresas privadas, incluyendo pymes y grandes empresas
- Entidades del sector público institucional (Administración Local, Universidad de Oviedo, organismos autónomos y empresas públicas del Principado de Asturias)
- Entidades del sector institucional de la Administración General del Estado.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Línea 1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible nuevos
- Inversión mínima por beneficiario: 1.000 €
- Línea 2: Instalación de infraestructura de recarga vinculada o de acceso público
- Inversión mínima por beneficiario: 1.000 €
COSTES ELEGIBLES
- Línea 1:
- Precio de adquisición del vehículo (IVA incluido si no deducible)
- Gastos vinculados a la preinstalación técnica del vehículo, si aplica
- Línea 2:
- Equipos de recarga
- Obra civil, señalización, sistemas auxiliares, servicios de ingeniería, dirección de obra
- Sistemas de gestión de energía, comunicación, etc.
TIPO DE AYUDA
- Subvención a fondo perdido.
| Beneficiarios | Régimen de ayuda | Límite Intensidad | |
| Línea 1 | Particulares y comunidades de propietarios | Régimen general | Hasta 7.000 € por turismo eléctrico o 9.000 € si se achatarra otro vehículo (Anexo III RD 266/2021) |
| Autónomos y pymes (opción mínimis) | Mínimis | Máx. 300.000 € (3 años) | |
| Empresas y entidades jurídicas (NIF A-W) | Art. 36 bis y 36 ter Reglamento UE 651/2014 | Hasta 40% del coste subvencionable |
| Beneficiarios | Régimen de ayuda | Límite Intensidad | |
| Línea 2 | Particulares y comunidades de propietarios | Régimen general | Hasta 70% del coste subvencionable (Anexo III RD 266/2021) |
| Autónomos y pymes (opción mínimis) | Mínimis | Máx. 300.000 € (3 años) | |
| Empresas y entidades jurídicas (NIF A-W) | Art. 36 bis y 36 ter Reglamento UE 651/2014 | Hasta 55% en pequeñas, 45% medianas, 35% grandes empresas |
PLAZOS
- EJECUCIÓN:
- Desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025 para personas físicas, comunidades de propietarios, entidades públicas sin actividad económica y pymes acogidas al régimen de mínimis
- Desde el registro de la solicitud para grandes empresas y entidades jurídicas.
- SOLICITUD: desde el 10/07/2025 hasta el 31/12/ 2025.