MOVES III: Ayudas para vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga

Se convocan subvenciones correspondientes a los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, en el Principado de Asturias.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

MOVES III: AYUDAS PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

ASTURIAS Se convocan subvenciones correspondientes a los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, en el Principado de Asturias. Dotación presupuestaria: 8.000.000 €, distribuidos a partes iguales entre ambas líneas: 4.000.000 € para adquisición de vehículos eléctricos y 4.000.000 € para infraestructura de recarga.  

OBJETIVO

Impulsar la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y fomentar la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en el territorio del Principado de Asturias.  

BENEFICIARIOS

  • Personas físicas residentes en España, incluyendo aquellas que desarrollen actividades económicas
  • Comunidades de propietarios
  • Entidades locales del Principado de Asturias.
  • Autónomos y empresas privadas, incluyendo pymes y grandes empresas
  • Entidades del sector público institucional (Administración Local, Universidad de Oviedo, organismos autónomos y empresas públicas del Principado de Asturias)
  • Entidades del sector institucional de la Administración General del Estado.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Línea 1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible nuevos
    • Inversión mínima por beneficiario: 1.000 €
  • Línea 2: Instalación de infraestructura de recarga vinculada o de acceso público
    • Inversión mínima por beneficiario: 1.000 €

COSTES ELEGIBLES

  • Línea 1:
    • Precio de adquisición del vehículo (IVA incluido si no deducible)
    • Gastos vinculados a la preinstalación técnica del vehículo, si aplica
  • Línea 2:
    • Equipos de recarga
    • Obra civil, señalización, sistemas auxiliares, servicios de ingeniería, dirección de obra
    • Sistemas de gestión de energía, comunicación, etc.

TIPO DE AYUDA

  • Subvención a fondo perdido.
Beneficiarios Régimen de ayuda Límite Intensidad
Línea 1 Particulares y comunidades de propietarios Régimen general Hasta 7.000 € por turismo eléctrico o 9.000 € si se achatarra otro vehículo (Anexo III RD 266/2021)
Autónomos y pymes (opción mínimis) Mínimis Máx. 300.000 € (3 años)
Empresas y entidades jurídicas (NIF A-W) Art. 36 bis y 36 ter Reglamento UE 651/2014 Hasta 40% del coste subvencionable
 
Beneficiarios Régimen de ayuda Límite Intensidad
Línea 2 Particulares y comunidades de propietarios Régimen general Hasta 70% del coste subvencionable (Anexo III RD 266/2021)
Autónomos y pymes (opción mínimis) Mínimis Máx. 300.000 € (3 años)
Empresas y entidades jurídicas (NIF A-W) Art. 36 bis y 36 ter Reglamento UE 651/2014 Hasta 55% en pequeñas, 45% medianas, 35% grandes empresas
 

PLAZOS

  • EJECUCIÓN:
    • Desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025 para personas físicas, comunidades de propietarios, entidades públicas sin actividad económica y pymes acogidas al régimen de mínimis
    • Desde el registro de la solicitud para grandes empresas y entidades jurídicas.
  • SOLICITUD: desde el 10/07/2025 hasta el 31/12/ 2025.
 

MOVES III: AYUDAS PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS