Mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias

Se convocan las subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2027 cofinanciadas por el FEADER.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

Mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias

CASTILLA Y LEÓN   Se convocan las subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2027 cofinanciadas por el FEADER.   Dotación presupuestaria: 100.000.000,00 €  

OBJETIVO

Apoyar inversiones que mejoren la estructura productiva de explotaciones agrarias, con especial foco en sostenibilidad, modernización y relevo generacional, en el marco del PEPAC 2023-2027.

BENEFICIARIOS

  • Personas físicas o jurídicas: Deben ser titulares de explotaciones agrarias ubicadas en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y estar debidamente inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León.
  • Comunidades de bienes y unidades económicas sin personalidad jurídica: Siempre que sean titulares de una explotación agraria de titularidad compartida y cumplan con los requisitos establecidos en la normativa.
 

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Línea 1: Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal. Inversiones productivas agrícolas o ganaderas, que tengan como objetivo contribuir a:
  • Acciones de mitigación o adaptación al cambio climático. No se incluyen dentro de esta intervención las operaciones cuya finalidad es proteger al ganado o los cultivos de eventos climáticos extremos.
  • Inversiones para la gestión eficiente de los recursos en las explotaciones e inversiones para la reducción las emisiones de GEI.
  • Producción de energías verdes y/o la sustitución de fuentes de energía convencionales por fuentes de energía renovables.
  • Inversiones para la mejora del bienestar animal destinadas a la mejora de las condiciones de higiene de las explotaciones ganaderas y del bienestar de los animales.
  Línea 2: Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias. Inversiones agrícolas o ganaderas económicamente viables y adecuadas a la explotación, dirigidas a:
  • La modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, incluido el aumento de la superficie de riego y la digitalización de las explotaciones.
  • Facilitar la reestructuración en términos de dimensión, tamaño y/o de orientación
  • Potenciar y dar continuidad a la primera instalación para jóvenes dedicados a la agricultura, y el mantenimiento del tejido productivo en el medio rural.
  • La reconstitución del potencial de producción agrario dañado por desastres naturales y catástrofes e implantación de medidas preventivas adecuadas.

COSTES ELEGIBLES

  • Construcción y mejora de bienes inmuebles relacionados con la actividad agraria.
  • Compra de maquinaria y equipos nuevos necesarios para la producción agraria.
  • Instalaciones de riego y sistemas de eficiencia hídrica.
  • Equipos informáticos y software específicos para la gestión de la explotación.
  • Gastos generales vinculados a las inversiones, como honorarios de arquitectos, ingenieros y consultores.
  • Adquisición de terrenos hasta un límite del 10% del total de los costes subvencionables.
  • Inversiones en energías renovables, como paneles solares y sistemas de biomasa.
 

TIPO DE AYUDA

  • Subvención a fondo perdido del 40%, con posibilidad de incrementarse según:
    • +15% en caso de jóvenes agricultores (máximo de 5 años a partir de la fecha de su establecimiento).
    • +5% en caso de socio prioritario de entidad asociativa prioritaria.
    • +5% si el beneficiario es cesionario de una solicitud en cooperación para la sucesión de explotaciones agrarias, cuyo titular se hubiera jubilado en los últimos 12 meses.
    • +5% en el caso de zonas con limitaciones naturales específicas.
  • Ayuda máxima de 200.000 € por explotación.

PLAZOS

  • EJECUCIÓN: A partir del momento de solicitud y hasta 3 años contados a partir de la fecha de notificación de la resolución de concesión
  • SOLICITUD: Desde el 4 de julio y hasta el 31/10/2025