Programa Adelante Inversión
El objetivo de la subvención es la facilitar la financiación a las empresas para poner en marcha un proyecto empresarial, su incorporación al tejido empresarial de Castilla-La Mancha, y la mejora de sus productividad, todo ello mediante la realización de inversiones productivas, la mejora de los procesos, la diferenciación y la apertura a nuevos mercados.
FINANCIACIÓN PÚBLICA
La Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha ha publicado la convocatoria para la concesión de ayuda del Programa Adelante Inversión, para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla La Mancha. Dotación presupuestaria: 40.000.000 €.OBJETIVO
- Facilitar financiación a las empresas para poner en marcha un proyecto empresarial, su incorporación al tejido empresarial de Castilla-La Mancha y la mejora de su productividad mediante la realización de inversiones productivas, incremento del valor añadido, intervención en el proceso productivo y creación y/o mantenimiento de empleo.
BENEFICIARIOS
- Las pymes, incluidas comunidades de bienes, que realicen inversión en un centro de trabajo en Castilla-La Mancha y desarrollen actividad económica con ánimo de lucro en sectores subvencionables.
- Quedan excluidos los sectores y actividades que figuran en el Anexo I.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Creación de un nuevo establecimiento, siempre que, en el mismo se cree algún puesto de trabajo. Excepcionalmente no será necesaria la creación de un nuevo puesto de trabajo en el caso de que la apertura del nuevo establecimiento sea el resultado del traslado de otro existente.
- La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, siempre que las actuaciones o inversiones subvencionables supongan un incremento de las unidades producidas o del número de servicios prestados por unidad de tiempo.
- La diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían.
- La transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.
COSTES ELEGIBLES
- Máximo del 10% de los costes.
- Urbanización de terrenos. Máximo del 60% de los costes.
- Adquisición de edificios. Máximo del 60% de los costes.
- Realización de obra civil. Máximo del 60% de los costes.
- Trabajos de planificación e ingeniería del proyecto asociado a la inversión en obra civil. Máximo del 10% de los costes.
- Adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje.
- Mobiliario y enseres.
- Equipos y programas informáticos.
TIPO DE AYUDA
- Ayuda en forma de subvención a fondo perdido.
- Ayuda en modalidad de concesión directa.
- Ayuda no sujeta a régimen de minimis.
- Las actuaciones o proyectos no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión de 5.000 €, y no podrán superar el límite máximo de inversión de 1.200.000 €.
- El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 400.000 €.
PLAZOS
- EJECUCIÓN: 24 meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión.
- SOLICITUD: Desde el 15/04/2026 hasta el 15/03/2027.