Programa Gauzatu: Creación y desarrollo de PYMES de base tecnológica y/o innovadoras
Desde el departamento de industria, transición energética y sostenibilidad, se aprueban las bases y se convocan, subvenciones reintegrables destinadas a impulsar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras, en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Gauzatu Industria.
FINANCIACIÓN PÚBLICA
Programa Gauzatu
PAÍS VASCO Desde el departamento de industria, transición energética y sostenibilidad, se aprueban las bases y se convocan, subvenciones reintegrables destinadas a impulsar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras, en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Gauzatu Industria. La convocatoria dotada de ayudas es de 28.000.000 eurosOBJETIVO
- Fomentar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadora en el País Vasco.
BENEFICIARIOS
- Pymes industriales (extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos) y empresas que integren sistemas de protección ante ciberataques en entornos industriales (IT/OT), de base tecnológica y/o innovadora, con centro productivo en el País Vasco.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Estar directamente relacionadas con la actividad económica de la empresa.
- Las inversiones deben iniciarse en el año 2025.
- Formar parte del activo de la empresa y mantenerse un mínimo de 3 años.
- Implicar creación y/o mantenimiento de empleo en el plazo máximo de 24 meses.
- Estar recogidas en un plan industrial, económico-financiero y laboral.
COSTES ELEGIBLES
- Categorías contables subvencionables:
- 203: Propiedad industrial y patentes
- 206: Aplicaciones informáticas
- 210-211: Terrenos y construcciones (limitadas al valor del resto de activos subvencionables)
- 212-215: Instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones
- 217: Equipos para procesos de información
- Requisitos adicionales:
- Deben ser activos nuevos (excepto edificios usados si cumplen condiciones).
- Si es leasing, debe incluir opción de compra y compromiso firmado.
- Deben usarse por primera vez en la empresa.
- Los activos intangibles deben ser amortizables, adquiridos a terceros, y mantenerse 3 años.
TIPO DE AYUDA
- Ayuda no está sujeta al régimen de minimis.
- Anticipos reintegrables (no subvención a fondo perdido).
- Intensidad de ayuda:
- Pequeñas empresas: 35% (tecnológicas) / 30% (innovadoras)
- Medianas empresas: 30% (tecnológicas) / 25% (innovadoras)
- Límites:
- Máx. 1.500.000 € por empresa.
- Máx. 200.000 € por empleo creado / 150.000 € por empleo mantenido.
PLAZOS
- EJECUCIÓN: 24 meses desde la fecha de solicitud o presolicitud de ayuda.
- SOLICITUD: 12/04/2025 al 30/05/ 2025