Programa Gauzatu: Creación y desarrollo de PYMES de base tecnológica y/o innovadoras

Desde el departamento de industria, transición energética y sostenibilidad, se aprueban las bases y se convocan, subvenciones reintegrables destinadas a impulsar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras, en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Gauzatu Industria.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

Programa Gauzatu

PAÍS VASCO  Desde el departamento de industria, transición energética y sostenibilidad, se aprueban las bases y se convocan, subvenciones reintegrables destinadas a impulsar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras, en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Gauzatu Industria.   La convocatoria dotada de ayudas es de 28.000.000 euros  

OBJETIVO

  • Fomentar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadora en el País Vasco.
 

BENEFICIARIOS

  • Pymes industriales (extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos) y empresas que integren sistemas de protección ante ciberataques en entornos industriales (IT/OT), de base tecnológica y/o innovadora, con centro productivo en el País Vasco.
 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Estar directamente relacionadas con la actividad económica de la empresa.
  • Las inversiones deben iniciarse en el año 2025.
  • Formar parte del activo de la empresa y mantenerse un mínimo de 3 años.
  • Implicar creación y/o mantenimiento de empleo en el plazo máximo de 24 meses.
  • Estar recogidas en un plan industrial, económico-financiero y laboral.
 

COSTES ELEGIBLES

  • Categorías contables subvencionables:
    • 203: Propiedad industrial y patentes
    • 206: Aplicaciones informáticas
    • 210-211: Terrenos y construcciones (limitadas al valor del resto de activos subvencionables)
    • 212-215: Instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones
    • 217: Equipos para procesos de información
  • Requisitos adicionales:
    • Deben ser activos nuevos (excepto edificios usados si cumplen condiciones).
    • Si es leasing, debe incluir opción de compra y compromiso firmado.
    • Deben usarse por primera vez en la empresa.
    • Los activos intangibles deben ser amortizables, adquiridos a terceros, y mantenerse 3 años.
 

TIPO DE AYUDA

  • Ayuda no está sujeta al régimen de minimis.
  • Anticipos reintegrables (no subvención a fondo perdido).
  • Intensidad de ayuda:
    • Pequeñas empresas: 35% (tecnológicas) / 30% (innovadoras)
    • Medianas empresas: 30% (tecnológicas) / 25% (innovadoras)
  • Límites:
    • Máx. 1.500.000 € por empresa.
    • Máx. 200.000 € por empleo creado / 150.000 € por empleo mantenido.
 

PLAZOS

  • EJECUCIÓN: 24 meses desde la fecha de solicitud o presolicitud de ayuda.
  • SOLICITUD: 12/04/2025 al 30/05/ 2025