Ayudas para inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios

Desde la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, se convocan ayudas para inversiones en productos agrarios, dirigidas a microempresas, PYMES y empresas intermedias para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios cofinanciadas por el FEADER y el Estado.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

Desarrollo de productos agrarios

MADRID Desde la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, se convocan ayudas para inversiones en productos agrarios, dirigidas a microempresas, PYMES y empresas intermedias para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios cofinanciadas por el FEADER y el Estado. La convocatoria dotada de ayudas es de 3.500.000 euros.  

OBJETIVO

  • Fomentar inversiones en la transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios destinadas a mejorar el rendimiento y desarrollo económico de las empresas, fomentar los productos de calidad, mejorar la seguridad alimentaria, potenciar la innovación y la transformación digital, el desarrollo de nuevos productos, la búsqueda de nuevos mercados, valorización de subproductos agrarios, etc.
 

BENEFICIARIOS

  • Industrias agroalimentarias con condición de PYME.
  • Instalaciones radicadas en la Comunidad de Madrid.
  • Que transformen, comercialicen y/o desarrollen o que vayan a transformar, comercializar y/o desarrollar:
  • Productos agrarios de los contenidos del Anexo I del TFUE.
  • Productos alimentarios, distintos a los productos agrícolas del Anexo I del TFUE, siempre y cuando la inversión se ubique en el medio rural.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Inversiones en activos materiales e inmateriales que contribuyan a la modernización y mejora de la competitividad de las industrias.
  • Implementación de tecnologías avanzadas relacionadas con la digitalización, automatización y sostenibilidad.
  • Mejoras en eficiencia energética y reducción de impacto ambiental en los procesos productivos.
  • Desarrollo e incorporación de procesos innovadores para optimizar la producción.
  • Formación y capacitación del personal en el uso de nuevas tecnologías.
  • Adaptación a normativas medioambientales y de seguridad aplicables al sector.
Desarrollo de productos agrarios

COSTES ELEGIBLES

  • Construcción, adquisición o mejora de inmuebles (terrenos hasta el 10 % del coste).
  • Implantación de sistemas de calidad certificados.
  • Compra de nueva maquinaria, equipos, instalaciones (incluidos TIC y hardware) y adquisición o desarrollo de programas informáticos (software).
  • Costes generales vinculados a la construcción, adquisición o mejora de inmuebles y compra de nueva maquinaria y equipo e instalaciones, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesoría o estudios de viabilidad de (honorarios, estudios de viabilidad) hasta el 12 % de las citadas inversiones
  • Gastos de patentes y licencias hasta el 12 % de las inversiones elegibles en los tres primeros puntos

TIPO DE AYUDA

  • La cuantía básica de la ayuda será del 20% del coste total de la inversión subvencionable, pero para el último expediente, la ayuda podría ser menor debido a la disponibilidad de fondos.
  • Además, la ayuda puede incrementarse hasta un máximo del 40% según ciertos criterios adicionales. Estos criterios incluyen:
    • Inversiones realizadas por entidades asociativas agrarias.
      • Microempresas o pequeñas y medianas empresas (PYME) ubicadas en municipios rurales: 10%
      • Empresas que utilicen materia prima local al menos del 30%: 5%
      • Empresas dedicadas a la agricultura ecológica: 5%
      • Operaciones financiadas en el marco de la AEI o vinculadas a una unión de organizaciones de productores: 20%
    • Empresas que no sean entidades asociativas agrarias:
      • Microempresas o pequeñas y medianas empresas (PYME) ubicadas en municipios rurales: 5%.
      • Empresas que participen en proyectos colectivos de inversión: 5%.
      • Empresas que utilicen materia prima local al menos del 30%: 5%
      • Empresas dedicadas a la agricultura ecológica: 5%
      • Operaciones financiadas en el marco de la AEI o vinculadas a una unión de organizaciones de productores: 20%

PLAZOS

  • EJECUCIÓN: Desde el día siguiente de la fecha del acta de no inicio de inversiones, emitida por los técnicos hasta el 01 de abril de 2026.
  • SOLICITUD: 02/05/2025