Bases ayudas NUCLIS I+D 2023

Se han publicado las bases de las subvenciones NUCLIS I+D dirigidas a empresas para realizar proyectos de I+D. Admitirán proyectos individuales, en cooperación o en cooperación y con desarrolladores TECNIO.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

Se han publicado las bases de las subvenciones NUCLIS I+D, sujetas a minimis, dirigidas a empresas para realizar proyectos de I+D Admitirán proyectos individuales, en cooperación o en cooperación y con desarrolladores TECNIO.
 

A. BENEFICIARIOS

Empresas/desarrolladores TECNIO con establecimiento operativo en Catalunya que tengan al menos dos años de vida desde su fundación.  

B. TIPO DE AYUDA

  Pequeña empresa:
  • Investigación industrial 70 %
  • Desarrollo experimental: 45 %
Mediana empresa: 
  • Investigación industrial: 60 %
  • Desarrollo experimental: 35 %
Gran empresa: 
  • Investigación industrial: 50 %
  • Desarrollo experimental: 25 %
TECNIO:
  • Investigación industrial: 50 %
  • Desarrollo experimental: 25 %
 

C. PROYECTOS ELEGIBLES

  Proyectos de investigación y desarrollo que permitan realizar el progreso de la tecnología actualmente disponible.  

D. COSTES ELEGIBLES

 
  • Gastos de personal interno. la dedicación de personal propio debe estar entre el 10% y el 80% de la jornada laboral para cada uno de los trabajadores
  • Gastos de investigación o desarrollo tecnológico contractual.
  • Contratación externa para tareas de ingeniería o diseño.
  • Ensayos y pruebas de laboratorio.
  • Otros gastos vinculados a la actividad de investigación industrial
  • Gastos indirectos, hasta un 7% del gasto total.
  • Gastos de auditoría.
La subvención será de como máximo 200.000 €, salvo en TECNIO que será de 100.000 €. El conjunto de los gastos de la partida de colaboraciones externas no podrá superar el 50% del presupuesto subvencionable de la/las empresas participantes en el proyecto.  

E. REQUISITOS

  La cuantía de las  ayudas de minimis, percibidas por la empresa o entidad en los 3 últimos ejercicios fiscales, no podrá superar los 200.000€. En el caso de las empresas que se dediquen al transporte de mercancías por carretera la cantidad se reducirá a 100.000€ euros durante 3 ejercicios fiscales (se tendrá en cuenta el ejercicio fiscal de concesión de la ayuda y los dos ejercicios fiscales anteriores).