Ayudas para StartUps

Se ha publicado la convocatoria 2021 de la línea de subvenciones destinadas a incentivar el crecimiento en fases iniciales de start-ups tecnológicas


    La Agencia para la Competitividad de la Empresa de Cataluña (ACCIÓ) ha publicado la convocatoria 2021 de la línea de subvenciones destinadas a incentivar el crecimiento en fases iniciales de start-ups tecnológicas (empresas emergentes con tecnología propia), que cuenta con un presupuesto de 1.875.000 euros.  
 

A.    BENEFICIARIOS

 
  • Serán beneficiarias las start-ups tecnológicas, entendidas como empresas con ánimo de lucro, tecnología propia y establecimiento operativo en Cataluña.
  • Se entiende por tecnología propia la aplicación práctica del conocimiento del cual dispone la empresa para generar nuevos productos, servicios, procesos o desarrollar nuevos modelos de negocio. Esta tecnología puede haber sido desarrollada internamente o adquirida vía transferencia de tecnología por el cual la empresa dispone de los derechos de explotación de la propiedad intelectual e industrial.
  • Las beneficiarias deberán desarrollar un producto, servicio o modelo de negocio claramente innovador y tener un alto potencial de crecimiento, reflejando claramente en su plan de empresa la continuidad del desarrollo de tecnología, con una propuesta de valor clara y que necesita de talento específico para desarrollarse y diferenciarse.
 
 

B.     REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

 
  • Que esté constituida con anterioridad al 12 de julio de 2021, contando a partir de la fecha de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil o similar.
  • Que se haya constituido como máximo en los 18 meses antes de la presentación de la solicitud de ayuda, a contar desde la inscripción en el registro correspondiente.
  • Que tenga personalidad jurídica propia, independiente de la de sus socios fundadores.
  • Que el equipo fundador de la empresa sea emprendedores y tengan la mayoría del capital de la empresa (51%).
  • No se consideran beneficiarias las empresarias individuales y las empresas dedicadas al desarrollo de fármacos con actividad incluida en el código CNAE 21 de la sección C (Industria manufacturera).
  • Que no haya recibido a fecha de la solicitud una cantidad igual o superior a 000 € en forma de subvenciones públicas, préstamos no garantizados por parte del equipo emprendedor y aportaciones de capital que no provengan del equipo emprendedor.
  • Que den empleo como mínimo a un 2% de trabajadores con discapacidad respecto al total de trabajadores, o bien aplicar las medidas alternativas establecidas.
 
 

C.     PROYECTOS SUBVENCIONABLES

 
  • Se podrán subvencionar aquellas actuaciones contenidas en el plan de empresa y que sean necesarias para su desarrollo.
 
 

D.    PRESUPUESTO DEL PROYECTO

 
  • El coste subvencionable aceptado mínimo será de 100.000 €.
 
 

E.     TIPO DE AYUDA

 
  • Ayuda económica: La intensidad de la subvención, sometida a mínimis, será del 74% del coste aceptado, con un máximo de 000 € por proyecto.
  • Ayuda en especie: Además, la empresa recibirá asesoramiento de un mínimo de 5 reuniones de 2 horas hasta la finalización del proyecto, valorado en 1.000 euros.
 
 

F.     GASTOS SUBVENCIONABLES

 
  • Gastos de personal contratado o de nueva contratación.
  • Contratación de servicios a terceros.
  • Inversiones en materiales y equipamiento. (Máximo 50% del gasto total aceptado).
  • Otros gastos relacionados como alquiler de espacios, gastos de solicitud y/o mantenimiento de patentes, y otros gastos asociados a la ejecución el plan de negocio.
  • Gastos indirectos. Se podrá imputar un 7% de los gastos directos.
 
 

G.    PLAZO DE EJECUCIÓN Y DE SOLICITUD

 
  • Las actuaciones subvencionadas se podrán llevar a cabo entre la fecha de inicio de la convocatoria y hasta 24 meses después del cierre de la misma.
 
 

H.    PLAZO DE EJECUCIÓN Y DE SOLICITUD

 
  • Plazo de solicitud abierto del hasta el 28 de julio de 2021.
 
Boton-de-contactar.png (240×100)