Ayudas para jóvenes agricultores y modernización de explotaciones agrarias

Desde el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación del Gobierno de Aragón se convocan subvenciones destinadas al establecimiento de jóvenes agricultores y a la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027, para el año 2026.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

modernización de explotaciones agrarias 

ARAGÓN 

Desde el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación del Gobierno de Aragón se convocan subvenciones destinadas al establecimiento de jóvenes agricultores y a la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027, para el año 2026. Presupuesto:
  • LÍNEA Modernización y/o mejora de explotaciones agrarias: 13.000.000 €
  • LÍNEA Establecimiento de jóvenes agricultores: 15.000.000 €

OBJETIVO

  • Contribuir al relevo generacional en el campo, al fomento del emprendimiento agrario, la incorporación de jóvenes y mujeres, la mejora de la sostenibilidad y competitividad de las explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.

BENEFICIARIOS

Modernización y/o mejora de explotaciones agrarias
  • Personas físicas y jurídicas, incluyendo entes sin personalidad jurídica:
    • Titulares de explotaciones agrarias ubicadas principalmente en Aragón.
    • Sean microempresa o pequeña empresa
    • La explotación requiera al menos 1/2 Unidad de Trabajo Agrario (UTA) teórica.
    • La Renta Unitaria de Trabajo (RUT) de la explotación sea ≥ 35% de la Renta de Referencia (RR).
    • La Producción Estándar Total (PET) de la explotación sea < 1 millón de euros.
    • La explotación tenga ubicación principal en Aragón (excepto inversiones fijas ligadas a la tierra).
    • Presenten un plan de mejora
  • Conficiones adicionales para personas físicas:
    • Ser agricultor profesional.
    • Estar de alta en RETA o SETA (seguridad social agraria).
    • Tener entre 18 y 64 años.
Establecimiento de jóvenes agricultores
  • Personas físicas que:
    • Inicien su establecimiento en una explotación agraria o se hayan incorporado a la actividad agraria hasta 24 meses antes de la solicitud de la subvención.
    • Sean mayores de edad y no hayan cumplido 41 años en el año natural de la solicitud.
    • Tengan la capacitación adecuada (formación agraria reglada o curso de ≥150 h).
    • Ejerzan como jefes de explotación en el momento del establecimiento.
    • Cumplan con la condición de agricultor profesional.
    • Aporten al menos 1/2 UTA real desde la fecha de establecimiento hasta final de compromisos.
    • Presenten un plan empresarial que se inicie en los 9 meses posteriores a la concesión.
  • La explotación debe:
    • Ser microempresa o pequeña empresa.
    • Generar una RUT teórica ≥ 35% de la RR.
    • Estar ubicada principalmente en Aragón.
 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Modernización y/o mejora de explotaciones agrarias - Serán subvencionables todas las inversiones realizadas en explotaciones dirigidas a la mejora de sus resultados económicos, a facilitar la modernización de las mismas o a posibilitar su reestructuración en términos de tamaño u orientación productiva. Inversiones: inmuebles, para la generación de energías renovables destinadas exclusivamente para el autoconsumo de la explotación, instalaciones de riego de carácter privativo. Establecimiento de jóvenes agricultores - Aumentar las ratios entre agricultores jóvenes frente a mayores que se dedican a la actividad agraria fomentando la incorporación de jóvenes (Promover el relevo generacional). - Facilitar el acceso al crédito y mejorar la fiscalidad. - Potenciar el emprendimiento y atraer y retener el talento innovador en las zonas rurales (Emprendimiento y talento). - Mejorar la dimensión física y económica de las explotaciones de mujeres (Explotaciones de mujeres). - Mejorar las condiciones para la incorporación y permanencia en la actividad agraria de las mujeres (Incorporación y permanencia mujeres).  

COSTES ELEGIBLES

Modernización y/o mejora de explotaciones agrarias Tendrán carácter de subvencionables siempre que estén incluidos en un plan de mejora:
  1. a) La construcción o mejora de bienes inmuebles, incluido el equipamiento de tierras regables y la mejora o modernización de sistemas de riego y los costes de las obras e instalaciones necesarias para el suministro eléctrico, comprendiendo la generación de energía a partir de fuentes renovables para la propia explotación. Si las inversiones las ejecuta por contrata, los gastos generales y el beneficio industrial en la ejecución de proyectos de obra civil serán elegibles hasta el límite del 19% sobre el presupuesto de ejecución material realmente ejecutado y sin superar el importe de los precios máximos de referencia de la inversión, si existieran.
  2. b) La compra de nueva maquinaria y equipo, en especial para la realización de agricultura 4.0.
  3. c) Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en las letras a) y b) de este apartado, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros o consultores (estudios de viabilidad, anteproyectos, redacción de proyectos, dirección de obras, estudios de seguridad y salud,… ) y honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.
  4. d) La adquisición de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias y, en general, derechos de propiedad intelectual e industrial.
  5. e) Las inversiones necesarias para el cumplimiento de nuevas condiciones o requisitos que vengan impuestas por la normativa de la Unión Europea siempre que su ejecución tenga lugar durante el periodo máximo de los dos años siguientes a partir de la fecha de su exigibilidad en el supuesto exclusivo de haber solicitado, simultánea y concurrentemente, la ayuda al establecimiento con la ayuda a la modernización y/o mejora de explotaciones, o cuando, solicitada aquella en una de las cinco convocatorias inmediatamente anteriores, hubiera sido concedida, y se esté ejecutando o haya sido ejecutada.
  6. f) La plantación de cultivos leñosos y gastos asociados las plantaciones.

TIPO DE AYUDA

  • Ayuda en forma de subvención, NO sujeta a régimen de minimis.
  • Concurrencia competitiva.
  • Presupuesto mínimo:
    • Modernización y/o mejora de explotaciones agrarias: 6.000 €
    • Establecimiento de jóvenes agricultores: La subvención consistirá en un pago mínimo de 30.000 euros (podrá incrementarse por características sociales y agronómicas).
  • Presupuesto máximo:
    • Modernización y/o mejora de explotaciones agrarias: 200.000 €
    • Establecimiento de jóvenes agricultores: 85.000 €
  • Porcentaje de subvención:
    • Modernización y/o mejora de explotaciones agrarias: base 40%, ampliable hasta 65%
    • Establecimiento de jóvenes agricultores: ayuda fija de 30.000 € + tramos acumulables hasta 85.000 €

PLAZOS

  • EJECUCIÓN:
    • Modernización y/o mejora de explotaciones agrarias: 15 meses desde concesión
    • Establecimiento de jóvenes agricultores: 24 meses desde concesión
    • En caso de solicitar ambas, se aplicará el plazo más favorable para el beneficiario
  • SOLICITUD: Del 29/01/2026 al 26/03/2026