Ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios y forestales
Se aprueba la convocatoria plurianual de concesión de ayudas a las inversiones en desarrollo de productos agroalimentarios y forestales...
FINANCIACIÓN PÚBLICA
desarrollo de productos agroalimentarios y forestales
ASTURIAS
La Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Gobierno del Principado de Asturias aprueba la convocatoria plurianual de concesión de ayudas a las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas, incluyendo inversiones con objetivos ambientales y a inversiones en tecnologías forestales en el ámbito del Principado de Asturias.
Dotación presupuestaria: 9.750.000 €
LÍNEAS
- Intervención 6842.1: Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
- Intervención 6842.2: Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
- Intervención 6883: Ayuda a inversiones forestales productivas.
OBJETIVO
- Mejorar los sistemas de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas, a la mitigación y adaptación al cambio climático en la industria agroalimentaria y a mejorar el potencial forestal y la competitividad del sector forestal mediante inversiones en la transformación, movilización y comercialización de los productos forestales.
BENEFICIARIOS
- Intervención 6842.1 Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios e Intervención 6842.2 Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios:
- Personas físicas y/o jurídicas, así como sus agrupaciones, incluidas comunidades de bienes u otras entidades, que sean o vayan a ser titulares de empresas agroalimentarias cuyas instalaciones estén situadas en el Principado de Asturias.
- Deben transformar, comercializar o desarrollar, o ir a transformar, comercializar o desarrollar, productos agrarios incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el algodón, exceptuando los productos de la pesca. El producto resultante también deberá estar incluido en dicho anexo. Sobre los beneficiarios deberá recaer la carga financiera de las inversiones y gastos considerados incentivables.
- Intervención 6883 Ayuda a inversiones forestales productivas:
- Personas físicas o jurídicas, así como sus agrupaciones, incluidas comunidades de bienes u otras entidades, titulares de PYMES forestales, con independencia de la forma jurídica que adopten, que ejerzan una actividad económica radicada en el Principado de Asturias y sobre las que recaiga la carga financiera de las actuaciones o inversiones subvencionables.
- La empresa deberá tener reflejada en sus estatutos la actividad forestal y un código IAE correspondiente a actividades forestales o de la industria de la madera. En empresas con varias actividades, la actividad forestal será la principal.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Intervenciones 6842.1 y 6842.2:
- Construcción, adquisición o acondicionamiento de inmuebles ligados a procesos de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas.
- Compra de nueva maquinaria o equipamiento.
- Adquisición y/o mejora de activos tangibles e intangibles directamente relacionados con la innovación, sostenibilidad medioambiental, gestión de residuos, industria 4.0, comercialización, transformación digital y adquisición o desarrollo de programas informáticos.
- Implementaciones de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.
- Costes de mejora de seguridad industrial referidos a sistemas antiincendios.
- Inversiones relacionadas con la mitigación y adaptación al cambio climático en la industria agroalimentaria.
- Inversiones en producción de energía renovable exclusivamente para autoconsumo de las instalaciones a las que estén asociadas: solar térmica, solar fotovoltaica, biomasa, eólica, aerotérmica o geotérmica.
- Intervención 6883:
- Modernización en la mecanización de las labores silvícolas y las operaciones de aprovechamiento de productos forestales maderables.
- Mejora de las condiciones de almacenamiento, secado y operaciones propias de los aserraderos, previas a la transformación industrial que dé lugar a productos finales elaborados.
COSTES ELEGIBLES
- Intervenciones 6842.1 y 6842.2:
- Construcción, adquisición o acondicionamiento de inmuebles.
- Nueva maquinaria o equipamiento.
- Activos tangibles e intangibles relacionados con innovación, sostenibilidad medioambiental, gestión de residuos, industria 4.0, comercialización, transformación digital y programas informáticos.
- Sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.
- Sistemas antiincendios.
- Honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores y asesores.
- Costes de asesoramiento sobre la viabilidad económica y medioambiental.
- Derechos de patentes o licencias.
- Diseños de envases y marcas.
- Costes relacionados con el comercio electrónico.
- Los costes generales tendrán un límite del 12% de la inversión subvencionable total.
- Intervención 6883:
- Adquisición de nueva maquinaria y equipamiento.
- Construcción o acondicionamiento de inmuebles destinados a labores previas a la transformación de la madera.
- Programas informáticos, creación de páginas web y equipos para la gestión racional de la actividad forestal.
- Costes de implantación y certificación de cadena de custodia.
- Honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores y asesores.
- Costes de asesoramiento sobre viabilidad económica y medioambiental.
TIPO DE AYUDA
- Subvención, régimen de concurrencia competitiva.
- Presupuesto mínimo financiable:
- Inversión aprobada y/o certificada superior a 6.000 euros para microempresas, pequeñas empresas e inversiones en tecnologías forestales.
- Inversión aprobada y/o certificada superior a 50.000 euros para medianas y grandes empresas.
- No se aplicará inversión mínima para la implementación de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.
- Porcentaje de subvención:
- Intervención 6842.1: Desde un mínimo de un 25 % hasta un máximo del 80 % de los costes elegibles.
- Intervención 6842.2: Desde un mínimo del 25 % hasta un máximo del 65 % de los costes elegibles.
- Intervención 6883: Desde un mínimo del 25 % hasta un máximo del 65 % de los costes elegibles.
PLAZOS
- EJECUCIÓN:
- Intervenciones 6842.1 y 6842.2: serán subvencionables los gastos realizados desde el 15/10/2025 hasta el 15/10 de cada año.
- Intervención 6883: serán subvencionables los gastos realizados desde la fecha de solicitud hasta el 15/10 de cada año.
- Para todas las intervenciones se admitirán gastos de honorarios de proyectos y/o estudios previos de viabilidad pagados posteriormente al 01/01/2023.
- SOLICITUD: desde el 05/08/2026 hasta el 04/09/2026.