Ayudas para inversiones en PYMES de Transformación de los productos pesqueros y de acuicultura
Se ha convocado las ayudas destinadas a inversiones para el PYMES para la Transformación de los productos pesqueros y de acuicultura
FINANCIACIÓN PÚBLICA
Transformación de los productos pesqueros y de acuicultura
GALICIA La Xunta de Galicia convoca para el año 2025 las ayudas destinadas a la realización de inversiones para el PYMES del sector transformador de los productos de la pesca y la acuicultura que contribuyan a la seguridad alimentaria en la Unión Europea, fomentando una pesca y acuicultura sostenible desde una perspectiva ambiental, socialmente responsable, basada en el conocimiento y competitiva. Estas ayudas estarán cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo de Pesca y Acuicultura (FEMPA).OBJETIVO
El objetivo de la presente ayuda es incentivar las inversiones que fomenten la pesca y acuicultura sostenible para PYMES del sector de transformación en Galicia a través de subvenciones de capital.BENEFICIARIOS
- Personas físicas, jurídicas, pluralidad de personas físicas, agrupaciones o entidades sin personalidad jurídica o comunidades de bienes que sean PYMES del sector de la transformación de los productos pesqueros y de acuicultura o
- Entidad asociativa del sector transformador de dichos productos.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Fomentar la calidad y valor añadido de los productos.
- Aumentar la eficiencia energética, reduciendo el impacto ambiental o mejorar la movilidad sostenible de la distribución de productos de la pesca.
- Mejorar la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo.
- Favorecer la economía circular.
- Fomentar la transformación de productos de la acuicultura ecológica en virtud de los artículos 7 y 8 del Reglamento (CE) nº 2018/848.
- Fomentar la adaptación de los operadores a los requisitos de cumplimiento y certificación de acuerdo al Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo o el Reglamento (UE) nº 2018/848 en lo relativo a productos de acuicultura ecológica.
- Dar lugar a nuevos y mejores productos y procesos, o a sistemas de gestión y organización perfeccionados en materia de transformación de los productos.
COSTES ELEGIBLES
- Las inversiones que alcancen la finalidad del punto primero del presente resumen, “ACTUACIONES SUBVENCIONABLES”.
- Gastos de certificación o de la elaboración del informe de un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas en el caso de que sea necesario certificar el cumplimiento de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre.
TIPO DE AYUDA
- La cuantía máxima será de hasta el 50 % del gasto máximo subvencionable, pudiéndose elevar hasta el 100 %del importe subvencionable, siempre y cuando concurran todos los criterios siguientes:
- Ser de interés colectivo.
- Tener un beneficiario colectivo.
- Tener características innovadoras o garantizar el acceso del público a sus resultados.
- No está sujeta al Régimen de Minimis.
PLAZOS
- EJECUCIÓN: desde la certificación de no inicio hasta 30 de octubre de 2025 para la primera anualidad, y desde esta fecha y 30 de junio de 2026 para la segunda anualidad.
- SOLICITUD: Hasta el 9 de febrero de 2025