Ayudas Digitaliza 2025

El IVACE ha publicado la convocatoria de ayudas a proyectos de digitalización de PYMES con cargo al presupuesto del ejercicio 2025.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

Ayudas Digitaliza 2025

COMUNIDAD VALENCIANA El IVACE ha publicado la convocatoria de ayudas a proyectos de digitalización de PYMES con cargo al presupuesto del ejercicio 2025. Dotación presupuestaria: 3.400.000€  

OBJETIVO

Incrementar el nivel tecnológico de las pymes industriales y de servicios a la industria mediante la implantación de nuevas tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones –TEIC-.

BENEFICIARIOS

PYMES con sede social y establecimiento de producción ubicado en la Comunidad Valenciana en el momento de la presentación de la solicitud, que cuenten con al menos dos personas como personal propio, que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas y que desarrollen actividades encuadradas en alguna de las siguientes secciones de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):
  • Secciones C, D, E y F – Divisiones 10 a 43, excepto el CNAE 41.10 (Promoción inmobiliaria).
  • Sección H – Divisiones 49 a 52.
  • Sección M – División 72
En ningún caso podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura, o cuya actividad principal sea el comercio.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Adaptación a la industria 4.0, implantación de gemelos digitales, control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, robótica, diseño avanzado y sensorización asociados a producto, servicio o proceso: Sistema MES, SCADA, visión artificial, aplicaciones GMAO, etc.
  • Sistemas de planificación de recursos empresariales, logística interna y externa, e integración de cadena de valor horizontal y vertical, comercio electrónico (excluidos sistemas de comercialización de terceros o Marketplace), así como sistemas de información relacionados con proyectos de economía circular: sistemas CRM, aplicaciones destinadas a actuaciones de economía circular, aplicaciones de gestión integrada de la información (ERP, SCM, MRP); etc.
  • Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos e inteligencia artificial vinculados con los apartados anteriores: aplicaciones big data, soluciones basadas en cloud computing, soluciones de seguridad de la información y las comunicaciones, etc.
  • Presupuesto subvencionable igual o superior a 20.000 €.
 

COSTES ELEGIBLES

  • Adquisición de activos inmateriales: Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Se excluyen renovaciones, cambios de versión o ampliaciones de software ya en uso en la empresa.
  • Adquisición de activos materiales: Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones. Se excluyen ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo los servidores que se declaran íntegramente dedicados a la solución objeto del proyecto.
  • Servicios externos: costes de servicios de asesoramiento técnico, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables, con carácter previo a la implementación de la solución. El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15% del resto de costes subvencionables o 20.000 euros.
  • Gastos para la elaboración del informe de auditoría, hasta un importe máximo subvencionable de 600 €, IVA excluido.
Los activos deberán quedar instalados en el establecimiento productivo de la empresa beneficiaria en la Comunitat Valenciana.  

TIPO DE AYUDA

La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
Tamaño de la empresa Porcentaje de ayuda
Pequeña Hasta el 45%
Mediana Hasta el 35%
 
  • La cuantía de la subvención no podrá superar el importe de 175.000 €.
  • La ayuda está sujeta al régimen de minimis.
 

PLAZOS

  • EJECUCIÓN: desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • SOLICITUD: desde el día 15 de enero hasta el 3 de marzo de 2026.