GVA: Ayudas a proyectos de inversión para la reorientación de la industria valenciana (Covid-19)

Convocatoria de ayudas a proyectos de inversión para la reorientación de las capacidades productivas de la industria manufacturera valenciana por COVID-19.


 

La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha publicado la convocatoria de subvenciones a proyectos de inversión para la reorientación de las capacidades productivas de la industria manufacturera valenciana por la COVID-19, con el fin de producir a gran escala material sanitario para afrontar la emergencia sanitaria ante posibles rebrotes de Covid-19.

 
 

A.    BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

 
  • Empresas con sede social o establecimiento en la Comunitat Valenciana, y que desarrollen actividades en alguno de los epígrafes de la Sección C-Divisiones 10 a 33 de la CNAE-2009. (Quedan excluidas las actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o del sector de la pesca y la acuicultura).
  • La empresa deberá disponer a fecha de 1 de marzo de 2020 de una plantilla de personal propio de 10 o más personas trabajadoras, y deberá mantener al menos, o incrementar, dicho número durante el periodo de ejecución del proyecto.
 
 

B.     PROYECTOS SUBVENCIONABLES

 

Proyectos de inversión dirigidos a la fabricación de productos nuevos o que consistan en una mejora adaptativa manifiesta de productos ya en fabricación por la empresa solicitante, que estén directamente relacionados con la lucha contra la COVID-19, como los siguientes:

 
  • Medicamentos (incluidas vacunas) y tratamientos, y sus productos intermedios.
  • Ingredientes farmacéuticos activos y sus materias primas.
  • Productos sanitarios.
  • Equipos hospitalarios y médicos (incluidos respiradores, ropa y equipo de protección, así como herramientas de diagnóstico), y las materias primas necesarias.
  • Desinfectantes, productos intermedios y materias primas para su producción.
  • Herramientas de recogida/tratamiento de datos.
 
 

C.     TIPO DE AYUDA

 
  • Subvención a fondo perdido de hasta el 75% de los costes subvencionables, hasta una cuantía máxima de 400.000 euros.
 
 

D.    REQUISITOS DEL PROYECTO

 
  • Los productos desarrollados deben estar en condiciones de uso y aplicación inmediata, y cumplir con todos los requisitos administrativos, sanitarios o técnicos.
  • Los productos desarrollados deben ser el resultado final del desarrollo de los procesos implicados en el proyecto solicitado, sin que sea admisible la mera adquisición y puesta en funcionamiento de bienes de equipo.
  • El presupuesto mínimo del proyecto será 100.000 €.
  • Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse inalterables durante los cinco años siguientes al pago de la subvención.
 
 

E.     GASTOS SUBVENCIONABLES

 
  • Servicios externos: Servicios de consultoría y asistencia técnica, asó como el registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales.
  • Adquisición de activos inmateriales: Patentes, licencias o el software necesario.
  • Personal propio: Será elegible hasta un 30% de los gastos del personal planteados.
  • Adquisición de activos materiales destinados a la adaptación técnica y la puesta en marcha para la producción de los nuevos desarrollos
  • Costes de los ensayos en línea de las nuevas instalaciones de producción.
 
 

F.     PLAZO DE EJECUCIÓN Y DE SOLICITUD

 
  • PLAZO DE EJECUCIÓN: Del 14 de marzo de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2020.
  • PLAZO DE SOLICITUD: Del 1 de septiembre de 2020 al 21 de septiembre de 2020.