Ayudas a proyectos de innovación empresarial (I+D+i) y exploración tecnológica
ACCIÓ aprueba la convocatoria de la línea de subvenciones para proyectos de Innovación empresarial (I+D+i) y exploración tecnológica.
FINANCIACIÓN PÚBLICA
Innovación empresarial (I+D+i) y exploración tecnológica
CATALUÑA
ACCIÓ aprueba la convocatoria de la línea de subvenciones para proyectos de innovación empresarial (I+D+i) – Proyectos de exploración tecnológica.
Dotación presupuestaria: 3.400.000 €
OBJETIVO
- Incentivar proyectos de experimentación y validación de nuevas aplicaciones de tecnologías avanzadas por parte de las empresas, con el objetivo de reducir las incertidumbres técnicas, funcionales, económicas o de mercado asociadas a su adopción, antes de abordar inversiones de mayor escala o procesos de implementación industrial o comercial.
BENEFICIARIOS
- Empresas con establecimiento operativo en Cataluña.
- Excluidas:
- Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura.
- Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o la cantidad de productos adquiridos o comercializados.
- Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.
- Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o la cantidad de productos adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas.
- Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o toda la misma se repercuta a los productores primarios.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Actuaciones de innovación abierta orientadas a experimentar, testar y validar nuevas aplicaciones de tecnologías avanzadas para resolver retos de innovación empresarial relacionados con procesos, productos, servicios o nuevos modelos de negocio.
- Se entiende por innovación abierta el desarrollo de proyectos de innovación mediante la colaboración efectiva entre la empresa solicitante y proveedores tecnológicos (start-ups, centros de conocimiento u otros agentes extrnos) u otras empresas o entidades. Esta colaboración debe implicar una aportación conjunta de conocimiento, tecnología o capacidades para alcanzar los objetivos del proyecto.
- Las actuaciones puedenincluir, entre otras actividades como:
- Desarrollo de pruebas de concepto —Proof of Concept, PoC—.
- Desarrollo de prototipos o equipamiento especializado.
- Construcción de productos mínimos viables —MVP—.
- Validación técnica, funcional, económica o de mercado con usuarios, clientes, entornos reales o controlados.
- Ensayos experimentales.
- Exploración, entrenamiento o validación de algoritmos, modelos de inteligencia artificial o software avanzado.
- Otras actividades de experimentación aplicada orientadas a reducir incertidumbres antes de una eventual inversión o implementación.
- Las actividades deben concluir necesariamente con una validación tecnológica de la solución objeto de exploración, debidamente documentada mediante evidencias objetivas.
COSTES ELEGIBLES
- Gastos de personal propio de la entidad solicitante dedicado al proyecto subvencionado. La subvención máxima correspondiente a estos gastos es de 15.000 euros por proyecto.
- Gastos de colaboraciones externas necesarios para el desarrollo del proyecto.
- Gastos de materiales y consumibles necesarios para el desarrollo del proyecto.
- Gastos de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación. La intensidad es del 100 % del coste, con una ayuda máxima de 1.500,00 euros por proyecto.
TIPO DE AYUDA
- Subvención, régimen de concurrencia competitiva.
- Sujeta a minimis.
- Presupuesto mínimo financiable: 20.000 €
- Solo se podrá presentar una solicitud por empresa.
- Intensidad máxima: 75% del gasto subvencionable, con un máximo de 30.000 €
- Pago: anticipo del 60 % del importe otorgado a partir de la concesión, sin constitución de garantías, y pago del 40 % restante una vez justificada debidamente la actividad.
PLAZOS
- EJECUCIÓN: 10 meses a contar desde la fecha de cierre de la convocatoria, el 21/09/2026.
- SOLICITUD: desde el 30/07/2026 hasta el 21/09/2026 a las 14:00H.