Ayudas a proyectos de innovación empresarial (I+D+i) y exploración tecnológica

ACCIÓ aprueba la convocatoria de la línea de subvenciones para proyectos de Innovación empresarial (I+D+i) y exploración tecnológica.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

Innovación empresarial (I+D+i) y exploración tecnológica

CATALUÑA

ACCIÓ aprueba la convocatoria de la línea de subvenciones para proyectos de innovación empresarial (I+D+i) – Proyectos de exploración tecnológica.

Dotación presupuestaria: 3.400.000 €

OBJETIVO

  • Incentivar proyectos de experimentación y validación de nuevas aplicaciones de tecnologías avanzadas por parte de las empresas, con el objetivo de reducir las incertidumbres técnicas, funcionales, económicas o de mercado asociadas a su adopción, antes de abordar inversiones de mayor escala o procesos de implementación industrial o comercial.

BENEFICIARIOS

  • Empresas con establecimiento operativo en Cataluña.
  • Excluidas:
    • Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura.
    • Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o la cantidad de productos adquiridos o comercializados.
    • Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.
    • Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o la cantidad de productos adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas.
    • Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o toda la misma se repercuta a los productores primarios.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Actuaciones de innovación abierta orientadas a experimentar, testar y validar nuevas aplicaciones de tecnologías avanzadas para resolver retos de innovación empresarial relacionados con procesos, productos, servicios o nuevos modelos de negocio.
  • Se entiende por innovación abierta el desarrollo de proyectos de innovación mediante la colaboración efectiva entre la empresa solicitante y proveedores tecnológicos (start-ups, centros de conocimiento u otros agentes extrnos) u otras empresas o entidades. Esta colaboración debe implicar una aportación conjunta de conocimiento, tecnología o capacidades para alcanzar los objetivos del proyecto.
  • Las actuaciones puedenincluir, entre otras actividades como:
    • Desarrollo de pruebas de concepto —Proof of Concept, PoC—.
    • Desarrollo de prototipos o equipamiento especializado.
    • Construcción de productos mínimos viables —MVP—.
    • Validación técnica, funcional, económica o de mercado con usuarios, clientes, entornos reales o controlados.
    • Ensayos experimentales.
    • Exploración, entrenamiento o validación de algoritmos, modelos de inteligencia artificial o software avanzado.
    • Otras actividades de experimentación aplicada orientadas a reducir incertidumbres antes de una eventual inversión o implementación.
  • Las actividades deben concluir necesariamente con una validación tecnológica de la solución objeto de exploración, debidamente documentada mediante evidencias objetivas.

COSTES ELEGIBLES

  • Gastos de personal propio de la entidad solicitante dedicado al proyecto subvencionado. La subvención máxima correspondiente a estos gastos es de 15.000 euros por proyecto.
  • Gastos de colaboraciones externas necesarios para el desarrollo del proyecto.
  • Gastos de materiales y consumibles necesarios para el desarrollo del proyecto.
  • Gastos de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación. La intensidad es del 100 % del coste, con una ayuda máxima de 1.500,00 euros por proyecto.

TIPO DE AYUDA

  • Subvención, régimen de concurrencia competitiva.
  • Sujeta a minimis.
  • Presupuesto mínimo financiable: 20.000 €
  • Solo se podrá presentar una solicitud por empresa.
  • Intensidad máxima: 75% del gasto subvencionable, con un máximo de 30.000 €
  • Pago: anticipo del 60 % del importe otorgado a partir de la concesión, sin constitución de garantías, y pago del 40 % restante una vez justificada debidamente la actividad.

PLAZOS

  • EJECUCIÓN: 10 meses a contar desde la fecha de cierre de la convocatoria, el 21/09/2026.
  • SOLICITUD: desde el 30/07/2026 hasta el 21/09/2026 a las 14:00H.