Ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias

La Comunidad Foral de Navarra ha publicado la convocatoria de ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias, para 2025.


FINANCIACIÓN PÚBLICA

Industrias agroalimentarias

NAVARRA La Comunidad Foral de Navarra ha publicado la convocatoria de ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias, para 2026.   Dotación presupuestaria: 13.250.000 € distribuidos en: 
  • Capítulo 1 (productos del Anexo I): 
    • Línea A: 1.000.000 € 
    • Línea B: 11.250.000 € 
  • Capítulo 2 (productos fuera del Anexo I): 
    • Línea B: 1.000.000 €. 
 

OBJETIVO

  • Fomentar inversiones en industrias agroalimentarias de Navarra que transformen, comercialicen o desarrollen productos agrícolas, con el fin de: 
    • Cumplir objetivos ambientales y climáticos de la UE (Línea A) 
    • Mejorar la competitividad del sector (Línea B) 

BENEFICIARIOS

  • Empresas que:
    • Realicen la actividad en Navarra
    • Transformen, comercialicen o desarrollen productos del Anexo I o productos agrícolas cuyo producto final esté fuera del Anexo I
    • En todo caso, las actividades de transformación, comercialización o desarrollo serán de productos agrícolas del Anexo I.
    • Estén inscritas (o lo hayan solicitado) en el Registro Industrial de Navarra
    • En el sector del vino solo serán admisibles las solicitudes de menos de 100.000 euros.
 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • LÍNEA A. AYUDAS MEDIOAMBIENTALES. Ayudas con objetivos ambientales a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
  • LÍNEA B. AYUDAD A LA COMPETITIVIDAD. Ayudas para mejorar la competitividad a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
  • Además, serán subvencionables los proyectos de inversión, en activos materiales o inmateriales, siempre que tengan por finalidad:
    • Las mejoras en la transformación y comercialización.
    • El incremento del valor añadido del producto.
    • La mejora de la calidad.
    • El incremento de la capacidad productiva.
    • La eficiencia energética y en el uso de los inputs.
    • El incremento del empleo.
    • La diversificación de actividades.
    • La protección medioambiental.
    • La seguridad laboral.
    • La creación de un nuevo establecimiento.
    • La ampliación de un establecimiento existente.
 

COSTES ELEGIBLES

  • La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles:
    • Obra civil relativa a la edificación y a urbanizaciones exteriores, así como la relativa a las construcciones de instalaciones especiales.
    • Gastos generales y el beneficio industrial de los proyectos de obra civil, con un límite del 17% en el caso de los gastos generales y un 6% en el caso del beneficio industrial.
    • Seguridad y salud relacionado con el proyecto de obra civil.
  • La compra, o arrendamiento financiero con opción de compra, de nueva maquinaria y equipamiento:
    • Maquinaria y otros bienes de equipo, e instalaciones productivas específicas, así como las instalaciones de calefacción, refrigeración / frío industrial, aire acondicionado, aire comprimido y placas solares de autoconsumo.
    • Seguridad y salud relacionada con la inversión de maquinaria o equipamiento.
  • La inversión en activos intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisición de patentes, licencias y derechos de autoría y marcas registradas.
  • Otros gastos, como honorarios de empresas de arquitectura e ingeniería, así como tributos relacionados con las inversiones de obra civil.
 

TIPO DE AYUDA

  • Subvención a fondo perdido, no sujeta a régimen de minimis.
  • Concurrencia competitiva.
  • Cuantía máxima por beneficiario: 50.000 €
  LÍNEA A LÍNEA B
MÍN/MÁX (%) MÍN/MÁX (%)
Gran empresa 15/18 12/15
PYME 18/21 15/18
Entidad Asociativa y EAI 21/24 18/21
Entidad asociativa: Proceso de integración por acuerdos intercooperativos  24/27 21/24
Entidad asociativa: Proceso de fusión o absorción y cooperativas de segundo grado o EAP que haya incorporado cooperativas 27/30 25/28
Empresas ubicadas en municipios categorizados en "Riesgo extremo" o "Riesgo intenso" de despoblación 30/30 30/30
  • La cuantía de la ayuda no podrá exceder de:
    • Capítulo 1: 2.000.000 de euros por planta productiva de la empresa.
    • Capítulo 2: 500.000 euros por planta productiva de la empresa.
  • El presupuesto mínimo del proyecto para ser elegible, en función del personal de la planta productiva (plantilla media del año 2024), será el siguiente:
Empleados Presupuesto mínimo
Menos de 10 15.000 €
≥ 10 y < 50 50.000 €
≥ 50 y < 250 100.000 €
≥ 250 300.000 €
   

PLAZOS

  • EJECUCIÓN:
    • Capítulo 1: del 01/01/2024 al 30/06/2027 (ampliable hasta 30/09/2027)
    • Capítulo 2: desde la fecha de solicitud hasta 30/06/2027 (ampliable hasta 30/09/2027)
  • SOLICITUD: Desde el 2 de enero de 2026 hasta el 20 de marzo de 2026.