Ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos renovables

Subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, e infraestructuras energéticas


    El Departamento de Economía, Industria y Empleo de Aragón ha publicado la convocatoria de subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, e infraestructuras energéticas para el año 2021, con un presupuesto asignado de 3.900.000€.  

A.    BENEFICIARIOS

  Empresas públicas o privadas, las corporaciones o entidades locales, las instituciones sin ánimo de lucro y los particulares que realicen las inversiones subvencionables en Aragón.  
 

B.     ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  Se considera actuación subvencionable la ejecución de proyectos e instalaciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables que supongan la explotación de los recursos energéticos relativos a:  
  • Energía solar fotovoltaica mediante la instalación de paneles solares fotovoltaicos hasta una potencia máxima inferior a 100 kWp de potencia eléctrica.
  • Energía solar térmica mediante la instalación de paneles solares híbridos hasta una potencia máxima de 250 kW de potencia térmica
  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico conectadas a la red de distribución o aisladas
  • Que estén dirigidas a: instalaciones agrícolas, ganaderas, industriales, acuicultura, del sector servicios o residencial, electrificación rural, vivienda, alumbrado, bombeo, regadío, producción de hidrógeno, aplicaciones para la movilidad sostenible, etc.
 
 

C.     TIPO DE AYUDA

  Subvención con carácter de minimis con los siguientes límites:  
  • Instituciones o entidades sin ánimo de lucro, comunidades de propietarios o particulares: Hasta el 50% del coste subvencionable.
  • Empresas privadas o autónomos: Hasta el 60% del coste subvencionable.
  • Corporaciones o entidades locales: Hasta el 80% del coste subvencionable de la inversión.
  Cuando los beneficiarios sean particulares y la potencia eléctrica superior a 10 kWp la inversión máxima subvencionable será de:  
  • 16.000 € para instalaciones fotovoltaicas sin almacenamiento
  • 21.000 € para instalaciones con almacenamiento de tecnología Plomo, Níquel y equivalentes
  • 31.000 € para instalaciones con almacenamiento de tecnología Ión Litio.
  • En el caso que se instalen paneles solares híbridos de potencia térmica superior a 25 kW, la máxima inversión subvencionable se incrementará en 25.000 € por la correspondiente instalación térmica.
 
 

D.    COSTES SUBVENCIONABLES

 
  • Actuaciones en solar fotovoltaica y, solar térmica mediante paneles solares híbridos: instalaciones de autoconsumo eléctrico conectadas a la red de distribución o aisladas, mediante paneles solares fotovoltaicos y paneles solares híbridos (producción de electricidad y de agua caliente), el coste de los equipos e instalaciones, la obra civil asociada, la realización de proyectos de ingeniería y las actuaciones de montaje y pruebas de seguridad reglamentarias que formen parte directamente del proyecto.
  • Si la totalidad o parte de la producción de electricidad se realiza mediante paneles solares híbridos, también se consideran gastos subvencionables los correspondientes a la instalación solar térmica, como equipos dirigidos a la acumulación, regulación, control, monitorización y la obra civil.
 
 

E.     PLAZO DE EJECUCIÓN Y DE SOLICITUD

 
  • EJECUCIÓN: Desde el 1 de enero de 2021 hasta el 29 de octubre de 2021
  • SOLICITUD: Plazo abierto del 1 de junio de 2021 hasta el 1 de julio de 2021
 
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