Se convocan las subvenciones de ahorro energético en la comunitat en el sector transporte
Líneas de actuación:
Actuación T22-A: Elaboración de estudios de viabilidad o estudios previos a la implantación de medidas específicas de movilidad sostenible, que tengan un impacto importante en el ahorro de energía. Promover inversiones en proyectos piloto, de duración limitada en el tiempo, para poner en marcha planes de transporte en empresas o áreas de actividad (por ejemplo sistema de alquiler de bicicletas, sistemas de coche compartido, servicios de autobús lanzadera, etc.).
Actuación T22-B: Estudios de Planes de Transporte para empresas: estudios para realizar un Plan de Transporte a una empresa o centro de actividad dirigidos a cambiar el modo mayoritario de desplazamiento al puesto de trabajo en vehículo turismo, con baja ocupación.
Actuación T24: Inversiones en sistemas de gestión de flotas: Esta actuación consiste en la creación de líneas de apoyo a la financiación de sistemas de gestión de flotas orientados a la disminución del consumo energético. Las tipologías de los proyectos podrán ser, con carácter orientativo
y no limitativo, las siguientes: Sistemas telemáticos de gestión de flotas de transporte. Software/hardware relativo a la panificación y control de rutas, itinerarios y parámetros en la conducción de los vehículos de la flota. Sistemas tecnológicos de mejora en la gestión del combustible. Sistemas tecnológicos de gestión de la carga y descarga.
Actuación T27: Renovación de flotas de transporte por carretera: Será objeto de ayuda la adquisición de vehículos y material móvil nuevo, eléctricos, de propulsión híbrida, con pila de combustible o alimentados por gas natural, gases licuados del petróleo, o hidrógeno; la transformación a gas natural de los vehículos industriales, siempre que no se encuentren disponibles comercialmente en el mercado vehículos de similares características funcionando con gas natural; la adquisición de carretillas elevadoras de gas natural o gases licuados del petróleo.
Actuación T28: Transformación de vehículos turismo a GLP o eléctricos: programa que tiene la finalidad de promover la transformación de vehículos turismo para ser alimentados por GLP, mediante el otorgamiento de ayudas económicas que disminuyen el extracoste de dicha transformación.
T29-A. Estaciones de recarga de GN, GLP e hidrógeno: El programa tiene la finalidad de promover la implantación de estaciones de recarga o llenado de gas natural, GLP o de hidrógeno, destinadas a servicio público en general o a una determinada flota de vehículos
T29-B. Estaciones de recarga eléctricas: El programa tiene la finalidad de promover la implantación de estaciones de recarga o llenado eléctricas, tanto para uso privado como público.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones:
Actuación T22-A: Actuaciones relacionadas con los Planes de Transporte para empresas: los ayuntamientos, órganos, organismos y entidades públicas de la Comunitat Valenciana y las empresas y asociaciones empresariales de la Comunitat Valenciana, con un mínimo de 200 trabajadores.
Actuación T22-B: Estudios de Planes de Transporte para empresas: ayuntamientos y órganos, organismos y entidades públicas de la Comunitat Valenciana y las empresas y asociaciones empresariales, con un mínimo de 200 trabajadores.
Actuación T24: Inversiones en sistemas de gestión de flotas: instituciones públicas, empresas públicas o privadas de transporte de mercancías y de servicio discrecional de pasajeros, así como concesionarias de servicios de transporte público.
Actuación T27: Renovación de flotas de transporte por carretera: las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
Actuación T28: Transformación de vehículos turismo a GLP o eléctricos: las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
T29-A. Estaciones de recarga de GN, GLP e hidrógeno: las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
T29-B. Estaciones de recarga eléctricas: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, los ayuntamientos, mancomunidades o áreas metropolitanas o bien los gestores de recarga que se reconozcan según la normativa vigente.
Se considerarán costes elegibles:
Actuación T22-A: Actuaciones relacionadas con los Planes de Transporte para empresas: Se considerarán costes elegibles, los costes de contratación externa en los que el beneficiario incurra. En los costes elegibles no se incluyen los costes de infraestructura de obra civil.
Actuación T22-B: Estudios de Planes de Transporte para empresas: Se considerarán costes elegibles a efectos de ayuda los trabajos externos de consultoría
Actuación T24: Inversiones en sistemas de gestión de flotas: Inversiones en los sistemas de gestión de flotas, de carga y descarga, de combustible y el software/hardware relativo a la planificación y control de rutas.
Actuación T27: Renovación de flotas de transporte por carretera: Inversiones en vehículos y material móvil y el coste derivado de la transformación del vehículo a gas natural.
Actuación T28: Transformación de vehículos turismo a GLP o eléctricos: Los costes elegibles serán los derivados de la propia transformación del vehículo a electricidad o GLP.
T29-A. Estaciones de recarga de GN, GLP e hidrógeno: Los costes elegibles serán las inversiones en equipos, accesorios, tuberías y los sistemas de control y regulación.
T29-B. Estaciones de recarga eléctricas: Los costes elegibles serán el cableado y obra de instalación del mismo desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el dispositivo o sistema donde se conecta el vehículo para su recarga, incluido éste.
La intensidad de la ayuda podrá alcanzar hasta:
Actuación T22-A: Actuaciones relacionadas con los Planes de Transporte para empresas y Actuación T22-B: Estudios de Planes de Transporte para empresas: El apoyo máximo para esta actuación tendrá un límite del 60% del coste.
Actuación T24: Inversiones en sistemas de gestión de flotas: Para esta actuación el límite de la ayuda será del 40% del coste elegible, con un límite de 50.000 por empresa o proyecto.
Actuación T27: Renovación de flotas de transporte por carretera: las ayudas no podrán superar el 15% del precio de mercado del vehículo.
Actuación T28: Transformación de vehículos turismo a GLP o eléctricos: Para el caso de la transformación a GLP, la ayuda máxima será de un 33% del coste de la transformación con un límite de 450 por vehículo. Para el caso de la transformación a eléctrico, la ayuda máxima será de un 33% del coste de la transformación, con un máximo de 3.000 por vehículo transformado.
Actuación T29: Inversiones en estaciones de recarga de combustible.
T29-A. Estaciones de recarga de GN, GLP e hidrógeno: Estaciones de llenado o recarga de servicio público general, con los siguientes límites: GLP y gas natural: 30% de la inversión hasta un máximo de 60.000 . Hidrógeno: 30% de la inversión hasta un máximo de 100.000 . Estaciones de llenado privadas, es decir, destinada a una determinada flota tendrán un límite de 30% de la inversión, con un máximo de 30.000 .
T29-B. Estaciones de recarga eléctricas: Ayudas de hasta el 40% de los costes elegibles.
El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales contados a partir del 7 de mayo de 2011.
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