Se aprueba la convocatoria REINDUS 2020

 

El Consejo de Ministros ha aprobado la convocatoria de ayudas 2020 del Programa de Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial (Reindus), que cuenta con un presupuesto de 340 millones de euros para relanzar la producción y conseguir el reposicionamiento de las empresas industriales en el mercado.


 

NOTA: La información descrita a continuación queda supeditada a lo que se establezca en la convocatoria, que se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial del Estado (BOE).


 

A.    BENEFICIARIOS DE LA AYUDA


 

  • Empresas afectadas por perjuicios económicos surgidos a raíz del brote del COVID-19, legalmente constituidas en España, que desarrollen una actividad productiva (Sección C-Divisiones 10 a 32 y 38.3), independientemente de su tamaño, y que no formen parte del sector público.


 





B.     TIPOS DE ACTUACIONES FINANCIABLES


 

  • El Plan Reindus cubre actuaciones como la mejora y modificación de las líneas de producción y la adquisición de equipos. También se financiarán inversiones orientadas a la reducción de emisiones de gastes de efecto invernadero, la reducción de la vulnerabilidad a los impactos del cambio climático, la prevención de la contaminación o la introducción de la economía circular en el proceso productivo.


 

  • Otro ámbito de apoyo incluye la implementación productiva de tecnologías de la Industria Conectada 4.0, como son los sistemas inteligentes, sensores, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial.


 




 

C.     TIPO DE AYUDA


 

Préstamos, con las siguientes características:


 

  • Importe máximo: Préstamo del 75% del presupuesto del proyecto, máximo 800.000 €.

  • Plazo de amortización: 6 años, con 3 de carencia.

  • Tipo de interés variable en función del tipo de empresa:

    • Pymes: 0,1% el primer año; 0,19% el segundo y tercero; y 0,69% el resto de años.

    • Grandes empresas: 0,19% el primer año; 0, 69% el segundo y tercero; y 1,69% el resto de años.



  • Garantías: Para todas las empresas, del 20% del préstamo concedido (técnico).


 




 

D.    PRESUPUESTO DEL PROYECTO


 

  • El presupuesto financiable mínimo del proyecto será de 100.000 €.


 




 

E.     PLAZO DE EJECUCIÓN


 

  • A falta de la confirmación oficial en la convocatoria, serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el 1 de febrero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.


 




 

F.     PLAZO DE SOLICITUD


 

  • Plazo de solicitud abierto desde la publicación de la convocatoria en el BOE hasta el 20 de agosto de 2020.


 

 




 

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