La Comunitat Valenciana destinará más de 23, 5 millones de euros para ayudas a emprendedores
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Actuaciones subvencionables:
Las ayudas sólo se concederán para la creación de empleo en centros de trabajo domiciliados en la Comunitat Valenciana. Las inversiones que, en su caso, deban justificarse para su concesión deberán realizarse en establecimientos domiciliados en esta Comunitat.
Beneficiarios del Programa
Podrán acogerse a estas ayudas para el Programa Fomento del empleo autónomo las personas inscritas como desempleadas en el correspondiente Centro SERVEF de Empleo que se constituyan en personal autónomo o profesional durante el año 2011; el personal trabajador autónomo o profesional que, con independencia de que haya percibido ayudas por su constitución como tal, contrate a su primer trabajador fijo.
Podrán acogerse a estas ayudas para el Programa proyectos y empresas calificados como I+E las empresas calificadas como I+E de la Comunitat
Conceptos de gasto subvencionables
Se considerarán costes elegibles: los gastos relacionados con la constitución, reducción de intereses de préstamos, la formación, la contratación, creación de empresas I+E.
Las ayudas podrán alcanzar hasta:
Para el Programa Fomento del empleo autónomo
a) Subvención por constitución: el importe de esta ayuda se gradúa en función de la dificultad de acceso al mercado de trabajo, de acuerdo con la inclusión del solicitante en alguno de los siguientes colectivos:
1. Hasta 5.000 euros para desempleados en general.
2. Hasta 6.000 euros para jóvenes desempleados de hasta 30 años.
3. Hasta 7.000 euros para mujeres desempleadas.
4. Hasta 8.000 euros para desempleados con discapacidad.
5. Hasta 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad.
6. En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cuantías de los puntos 3º y 5º se incrementarán en un 10%.
b) Subvenciones para la reducción de intereses de préstamos: La cuantía de la ayuda financiera será de hasta cuatro puntos de reducción en los intereses de préstamos destinados a financiar inversiones necesarias para la constitución en personal trabajador por cuenta propia.
c) Subvención para la formación durante la puesta en marcha de la empresa. El importe de esta ayuda alcanzará hasta el 75% del coste de los cursos recibidos, hasta un máximo de 3.000 euros por solicitante.
2. Contratación del primer trabajador fijo: El trabajador autónomo o profesional por cuenta propia que contrate a su primer trabajador fijo, mediante contrato indefinido directo o transformación de contrato temporal, podrá solicitar una ayuda de 3.000 euros; 4.000 euros, si contrata a una mujer. Los contratos a tiempo parcial también serán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda. La ayuda ascenderá al 25% de dichas cuantías en caso de contrataciones fijas discontinuas.
Programa proyectos y empresas calificados como I+E
a) Subvención financiera: para la reducción de intereses de préstamos para inversiones destinadas a la creación y puesta en marcha de empresas calificadas como I+E. Esta subvención será equivalente a la reducción de hasta tres puntos del interés fijado por la entidad de crédito pública o privada que conceda el préstamo a la persona solicitante, pagadera de una sola vez. Esta subvención tendrá como límite la cuantía de 5.108,60 euros por puesto de trabajo que se cubra mediante una contratación indefinida.
b) Subvención de apoyo a la función gerencial: La cuantía total de la subvención de apoyo a la función gerencial, que se pagará por una sola vez, ascenderá al 75% del coste de los servicios recibidos hasta una cantidad máxima total de 12.000 euros.
c) Subvención por asistencia técnica para la contratación de personal experto técnico de alta cualificación. Podrá concederse a las empresas calificadas como I+E una subvención equivalente al 50% de los costes laborales totales, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social por todos los conceptos correspondientes a un año, como máximo, con un límite de 17.978,82 euros.
d) Subvención por contratación indefinida. La ayuda por cada contratación indefinida a jornada completa de personas inscritas como desempleadas en los Centros SERVEF de Empleo ascenderá a 4.808,10 euros; la ayuda ascenderá al 25% de dicha cuantía en caso de contrataciones fijas discontinuas.
e) Subvención para cooperativas y sociedades laborales. Las cooperativas
y las sociedades laborales calificadas como I+E tendrán derecho a una subvención de 4.808,10 euros por cada socio trabajador que, siendo desempleado, se integre en ellas con carácter indefinido.
Plazo de solicitud
Para el Programa Fomento del empleo autónomo: El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas para la constitución en personal trabajador autónomo o profesional por cuenta propia será de dos meses desde la fecha del alta en el Censo de Obligados Tributarios (modelo 036), sin que en ningún caso puedan presentarse después del 30 de junio de 2011. El plazo de presentación de solicitudes de ayudas por la contratación del primer trabajador fijo será de dos meses desde la fecha de la contratación indefinida inicial o de la transformación en indefinido del contrato temporal, sin que pueda exceder del 30 de junio de 2011.
Para el Programa proyectos y empresas calificados como I+E, las solicitudes podrán presentarse en el plazo de un año desde que se inició la actividad de la empresa, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 30 de junio de 2011.
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