Financiación empresarial de proyectos de autónomos, micro, pequeñas y medianas empresas catalanas

El Departamento de Empresa y Empleo aprueban las bases reguladoras de la línea de ayudas en forma de garantía para la financiación empresarial de proyectos de autónomos, micro, pequeñas y medianas empresas, y se hace pública la correspondiente convocatoria para la Línea de emprendedores, autónomos y comercios para el año 2014.

Financiación empresarial de proyectos de autónomos, micro, pequeñas y medianas empresas catalanas


El objeto de las presentes bases es regular la concesión de ayudas en forma de garantía para la financiación de proyectos de emprendedores, autónomos, micro, pequeñas y medianas empresas, para favorecer la mejora de la competitividad de las empresas catalanas, y así reactivar la economía catalana mediante la Línea de financiación de emprendedores, autónomos y comercios.

Se consideran objeto de ayuda los siguientes proyectos:
1. Proyectos de inversión.
2. Proyectos de circulante..

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayudas los autónomos, las micro empresas, y las pequeñas y medianas empresas exclusivamente del ámbito del comercio, con sede social o centro de trabajo en Cataluña, que estén dados de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o mutualidad en el caso de los autónomos, o que estén legalmente constituidas, de alta de actividad e inscritas en los correspondientes registros en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas.

Son gastos elegibles asociados a proyectos de inversión los siguientes: investigación, desarrollo, concesiones administrativas, propiedad industrial, fondo de comercio, derechos de traspaso, aplicaciones informáticas, terrenos y bienes naturales, construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones, mobiliario, equipos para procesamiento de información, elementos de transporte para realizar la actividad, u otros activos fijos vinculados a la actividad de la empresa.

Son gastos elegibles asociadas a proyectos de circulante los siguientes: estudios de mercado, innovación u otros, promoción, comunicación y asistencia a ferias, gastos de personal, gastos de formación, gastos por apertura de nuevos mercados en el exterior, financiación habitual de circulante (ventas, stocks y tesorería en general).

El Departamento de Empresa y Empleo, mediante el Instituto Catalán de Finanzas (ICF), responderá del 70% del principal pendiente de cada operación formalizada a través de las entidades financieras colaboradoras (Banco Sabadell o CaixaBank, sin perjuicio de que el ICF pueda realizar convenios con otras entidades financieras).

Las condiciones de las operaciones (préstamos o leasings) son:
1. Tipo de Interés: el euríbor a 12 meses, más un diferencial de hasta un máximo de 5,75 puntos.
2. Importe: el importe del préstamo será como mínimo de 10.000,00 euros y como máximo de 100.000,00 euros por beneficiario.
3. Plazo: el plazo del préstamo es de 5 años.
4. Carencia de amortización: 2 años, incluida en el plazo.
5. Desembolso: el préstamo se dispondrá íntegramente en el momento de la firma.
6. Garantías: aquellas que la entidad financiera colaboradora considere adecuadas y suficientes para garantizar la operación, de acuerdo con sus criterios internos de evaluación de riesgos. Adicionalmente, de todas las operaciones formalizadas, el ICF asumirá el 70% del principal vivo del préstamo.
7. Comisiones: las entidades no podrán imputar ninguna comisión a las operaciones con los beneficiarios finales, excepto una comisión de apertura del 0,5% del importe del préstamo formalizado.
8. La asunción de riesgo del 70% del préstamo comporta la concesión de una ayuda

El plazo de presentación de solicitudes para el año 2014 se iniciará a partir del 16 de abril y quedará abierto hasta el 31 de diciembre de 2014, o hasta agotar el presupuesto para estos conceptos. Para más información haz clic aquí.