El Idae convoca ayudas para realizar proyectos estratégicos de inversión en ahorro y eficiencia energética
Líneas de actuación:
1. Proyecto estratégico: cuando el conjunto de actuaciones previstas tengan por objeto una reducción significativa de los consumos energéticos específicos en los procesos y/o instalaciones correspondientes, con el fin de mejorar la competitividad energética de las mismas (acercarse al óptimo técnico energético de sus procesos) y reducir la distancia que las separe de las empresas punteras en tecnología energética en su sector (reducir el GAP energético), además de contribuir a disminuir el impacto medioambiental que su consumo induce. Estos proyectos deberán presentar inversiones en, al menos, tres Comunidades Autónomas.
2. Proyecto singular innovador: Se considerará que un proyecto es singular innovador, cuando por sus particularidades y cumpliendo los criterios que para estos proyectos se establecen a continuación, se considere conveniente incluirlo en el Programa de ayudas, con las mismas condiciones de elegibilidad y ratios que los Proyectos Estratégicos o Sectoriales Conjuntos. Este tipo de proyectos podrán estar localizados en una sola Comunidad Autónoma y se ceñirán a proyectos del sector industrial, construcción de edificios nuevos con calificación energética A o B y proyectos del sector transporte para renovación de flota y sistemas de recuperación de energía.
3. Proyecto sectorial conjunto: Podrán incluirse en la presente convocatoria proyectos sectoriales conjuntos, entendiendo por tales un conjunto de actuaciones en empresas de un mismo sector con iguales objetivos tecnológicos y energéticos cuya ejecución conjunta garantice un mayor grado de implantación de estas nuevas tecnologías, con las mismas condiciones de elegibilidad y el mismo rango geográfico que los Proyectos Estratégicos, es decir, con inversiones en al menos tres Comunidades Autónomas.
Beneficiarios del Programa
Podrán tener la condición de beneficiarios de estas ayudas cualesquiera personas jurídicas, tanto de Derecho público como privado, legalmente constituidas, así como el grupo de empresas, empresas asociadas o multigrupo de empresas.
La tipología de proyectos según el ámbito territorial y tipo de beneficiario o empresa objeto de este Programa de ayudas responde a la recogida en la siguiente tabla: Tipología de proyecto según ámbito territorial y tipo de beneficiario o empresa.
Conceptos de gasto subvencionables
Ayudas para el ahorro energético: Los costes elegibles deberán limitarse a los costes de inversión adicionales necesarios para lograr un ahorro energético superior al nivel exigido por las normas comunitarias.
Ayudas a la cogeneración: Se considerarán elegibles los proyectos de cogeneración de cualquier potencia en los sectores no industriales y con una potencia eléctrica no superior a 150 kW en los sectores. Los costes elegibles deberán limitarse a los costes de inversión adicionales necesarios para lograr una instalación de cogeneración de alta eficiencia.
Intensidad de las ayudas
La intensidad de la ayuda podrá alcanzar el 60% de los costes de inversión elegibles. Cuando las ayudas a la inversión para el ahorro energético se destinen a PYME la intensidad de la ayuda podrá incrementarse en 10 puntos porcentuales para las empresas medianas o en 20 puntos porcentuales para las pequeñas empresas. Por lo tanto: Pequeñas empresas 80%, Medianas empresas 70% y Grandes empresas 60%.
Podrán acogerse a estas ayudas las solicitudes presentadas entre el 11 de mayo y el 11 de agosto de 2011. Para más información haz clic aquí.