# Ayudas Industria 4.0 Comunidad de Madrid

- URL: https://evalueconsultores.com/convocatorias/industria-40-comunidad-de-madrid/
- Estado: Cerrada
- Ámbito: Autonómica

#### El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, convoca ayudas, en régimen de subvención a fondo perdido, para la puesta en marcha de proyectos de Industria 4.0, es decir, transformación digital en sus procesos, productos o modelos de negocio, por parte de las empresas de la Comunidad de Madrid.

#### Co-financiadas al 50% por los Fondos FEDER, las ayudas Industria 4.0 Comunidad de Madrid están adscritas al Programa Operativo Madrid 2014 - 2020 y cuentan con una dotación presupuestaria de 2,5 millones de euros.

### **Beneficiarios**

#### Esta convocatoria está destinada a Pymes del sector industrial que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y que desarrollen una actividad industrial productiva conforme a la Sección C-Divisiones 10 a 32 del CNAE 2009.

### **Actuaciones subvencionables**

#### En lo que se enmarca como transformación digital en sus procesos, productos o modelos de negocio en el ámbito de la empresa, las ayudas Industria 4.0 Comunidad de Madrid recogen como actuaciones subvencionables las siguientes:

#### - Implementación de soluciones innovadoras de negocio utilizando tecnologías ligadas a: Open/Linked/Big Data y Data Analytics.

#### - Internet del futuro.

#### - Plataformas colaborativas.

#### - Implementación de soluciones innovadoras de comunicaciones y tratamiento de datos: Conectividad, Movilidad y Computación en la nube.Implementación de soluciones innovadora en los procesos de fabricación utilizando tecnologías como: Realidad aumentada, Robótica colaborativa, Fabricación aditiva, Sensores y sistemas embebidos y Control de procesos.

#### - Implementación de aplicaciones y soluciones TIC en la cadena de valor de la empresa industrial.

#### - Ciberseguridad y confianza digital.

#### - Redes sociales como vehículos de potencial desarrollo empresarial.

### Gastos subvencionables

#### Para acometer proyectos de Industria 4.0 en la Comunidad de Madrid, la convocatoria comprende los siguientes conceptos que podrán ser beneficiarios de las ayudas:

#### - Adquisición, renovación o extensión de inversiones materiales, consistentes en instalaciones, maquinaria y equipos. Se excluye la adquisición de terrenos y los gastos en edificios.

#### - Adquisición, renovación o extensión de inversiones inmateriales, es decir, activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad.

#### - Costes de los servicios de consultoría prestados por consultores externos. Estos servicios no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.

### Características e intensidad de la ayuda

#### Los fondos de este programa de ayudas, en régimen de subvenciones a fondo perdido, son compatibles con fondos de programas europeos hasta los límites máximos fijados por el reglamento, pero incompatibles con cualquier otra ayuda pública nacional o local para la misma inversión.

#### Los proyectos beneficiarios de estas ayudas serán aquellos en los que la suma de todos los gastos subvencionables sea igual o superior a 40.000 euros, salvo para los proyectos exclusivamente de consultoría, en los que la suma de todos los gastos subvencionables deberá ser igual o inferior a 40.000 euros.

#### El límite máximo de subvención será de 200.000 euros para las medianas empresas y de 300.000 euros para las pequeñas empresas. Para los proyectos exclusivamente de consultoría el límite máximo de subvención se establece en 20.000 euros.

#### En función de la localización geográfica dentro de la Comunidad de Madrid, se disponen los siguientes límites de subvención:

#### El pago de la subvención se realizará con posterioridad a la presentación de la documentación justificativa. El plazo de solicitud de estas ayudas comenzó el y se prologa hasta el agotamiento de fondos.

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