# Ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias

- URL: https://evalueconsultores.com/convocatorias/ayudas-la-inversion-en-industrias-agroalimentarias/
- Estado: Cerrada
- Ámbito: Autonómica

Hoy vamos a hablaros sobre las**ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias**. La Directora General de Política Económica y Empresarial de Navarra aprueba la convocatoria de 2015 de ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias. Serán subvencionables los proyectos de inversión, en activos materiales o inmateriales, que muestren avances positivos en algunos de los siguientes aspectos: 1. Mejoras de la transformación y comercialización. 2. Incremento del valor añadido del producto. 3. Mejora de la calidad. 4. Incremento de la capacidad productiva. 5. Eficiencia energética y en el uso de los inputs. 6. Incremento del empleo. 7. Diversificación de actividades. 8. Protección medioambiental. 9. Seguridad laboral.

## Obtener una ayuda a la inversión en industrias agroalimentarias

Los proyectos deberán ser ejecutados entre la fecha de solicitud de las ayudas y el 31 de octubre de 2016. **Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas** (personas físicas y jurídicas) que tengan o vayan a tener una planta productiva en Navarra. **Son inversiones subvencionables:** 1. La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles. 2. La compra o arrendamiento financiero con opción de compra de nueva maquinaria y equipamiento, hasta el valor de mercado del producto. 3. Los costes generales vinculados a las inversiones de tipo 1.º y 2.º, tales como honorarios de empresas de arquitectura, ingeniería y asesoría, incluidos los estudios de viabilidad, con un límite del 10% del valor de aquellas, 4. Las inversiones en los siguientes activos intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisición de patentes, licencias y know-how. 5. La adquisición de activos mediante arrendamiento financiero será subvencionable cuando la empresa se comprometa a ejercitar la opción de compra del bien. Sólo son subvencionables las cuotas satisfechas durante el período de ejecución y justificación del proyecto. No son subvencionables el margen del arrendador, los costes de refinanciación de los intereses, los gastos generales y los gastos de seguros.. **Las ayudas en forma de subvención a fondo perdido podrán alcanzar hasta:** 1. Gran empresa: hasta el 20% de los costes elegibles. 2. Mediana empresa: hasta el 22% de los costes elegibles. 3. Pequeña empresa: hasta el 24 % de los costes elegibles. 4. Microempresa: hasta el 26% de los costes elegibles. 5. Entidad asociativa: hasta el 26% de los costes elegibles. 6. Entidad asociativa prioritaria: hasta el 30% de los costes elegibles. 7. Cooperativa integrada: hasta el 30% de los costes elegibles.. 8. Cooperativa en proceso de integración: hasta el 32% de los costes elegibles. El plazo para solicitar las ayudas se iniciará el 19 de marzo y finalizará el día 31 de mayo de 2015, incluido. Autor: J[ordan McQueen](https://instagram.com/jordanfmcqueen/?utm_source=imagenes_gratis&utm_medium=website&utm_campaign=free_images), en Unsplash.com | CC0 Visto en [imagenesgratis.eu](http://imagenesgratis.eu/imagen-gratis-de-personas-viendo-una-puesta-de-sol-en-una-pradera/)
