# Ayudas a iniciativas de refuerzo de la competitividad

- URL: https://evalueconsultores.com/convocatorias/ayudas-iniciativas-de-refuerzo-de-la-competitividad/
- Estado: Cerrada
- Ámbito: Autonómica

Hoy queremos hablaros sobre las **ayudas a iniciativas de refuerzo de la competitividad**. La Agencia para la Competitividad de la Empresa aprueba las bases reguladoras de la línea de ayudas a iniciativas de refuerzo de la competitividad y se abre la convocatoria para el año 2015. Se consideran subvencionables los proyectos presentados por entidades de apoyo a la empresa que consistan en iniciativas de refuerzo de la competitividad empresarial. Se entienden por proyectos de refuerzo de la competitividad los siguientes: la creación y gestión de entornos de aprovisionamiento, venta, comercialización y/o marketing conjunto; proyectos destinados a incrementar el nivel de conocimiento técnico, de tendencias, de gestión, de estrategia, financiero, operacional de los negocios del clúster y/o profesionalización de clúster managers. Estos proyectos deben tener capacidad para actuar como tractores sobre la cadena de valor de un sector económico y una masa crítica suficiente que contribuya al posicionamiento global del negocio. Estos proyectos pueden ser realizados por una única entidad de apoyo a la empresa o bien, cuando el proyecto lo requiera, empresas de dicha entidad u otras entidades empresariales. También serán subvencionables aquellos proyectos de cooperación internacional con clústeres de otros regiones europeas y especialmente los de los países que formen parte de la Baltic Sea Region (BSR wwww.bsrstars.org) en el marco de la iniciativa BSR INNOVATION EXPRESSA destinados a facilitar la internacionalización, la especialización inteligente, el aprendizaje y el desarrollo de competencias trasnacionales. Los proyectos se podrán llevar a cabo desde el 1 de enero de 2015 hasta el 30 de junio de 2016. Existe la posibilidad de solicitar una ampliación de plazo.

## Cómo optar a las ayudas a iniciativas de refuerzo de la competitividad

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las entidades de apoyo a la **empresa con establecimiento operativo en Cataluña** que tengan una dilatada experiencia en la ejecución de proyectos de refuerzo a la competitividad. A los efectos de estas bases se consideran entidades de apoyo a la empresa: 1. Las organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de manera habitual presten servicios a las empresas que tengan como objeto la mejora de la competitividad de las empresas y dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar los proyectos mencionados. 2. Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de manera habitual servicios empresariales de apoyo a la competitividad de las empresas y promuevan proyectos que se ajusten a lo establecido en estas bases sin perseguir, en los proyectos mencionados, la obtención de beneficios. En aquellos casos en que en el proyecto participen empresas o más de una entidad de apoyo a la empresa, una de las entidades será la solicitante de la ayuda, mientras que el resto serán participantes dentro de la solicitud; en el momento de la solicitud deberá identificarse tanto el nombre de los participantes como el gasto subvencionable que corresponde a cada uno de ellos. A los efectos de estas bases se consideran empresas aquellas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y alguna de las formas jurídicas siguientes: empresario individual, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa.. **Se consideran subvencionables los gastos siguientes asociados con el proyecto a subvencionar**: 1. Gastos externos asociados al proyecto, tales como: consultoría, expertos, servicios externos, alquiler de espacios, entradas a acontecimientos fuera del territorio español, diseño y material de difusión y comunicación (incluye la subcontratación del diseño y la materialización de elementos de difusión y comunicación tales como pósters, vídeos, folletos, etc.). 2. Viajes fuera del territorio español asociados con el proyecto 3. Para viajes desde fuera del territorio catalán hacia Cataluña de ponentes, expertos o similares relacionados con el proyecto el coste del viaje desde el origen en Cataluña y del alojamiento, siempre y cuando el coste corra a cargo del beneficiario. No se consideran subvencionables los desplazamientos adicionales al mencionado. 4. Horas de dedicación para la gestión del proyecto del personal de la entidad de apoyo a la empresa que actúa como entidad solicitante o como entidad participando. En el supuesto de que esta gestión sea externa, se aceptará, únicamente, si aporta un convenio o contrato entre la entidad y la persona externa, donde quede definida esta tarea. 5. Gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada. **Las ayudas en forma de subvención a fondo perdido podrán alcanzar hasta:** 1. Para los gastos externos asociados al proyecto, una intensidad máxima del 75% del gasto subvencionable aceptado. 2. Para viajes fuera del territorio español realizados por el/los beneficiario/s y relacionados con el proyecto, la ayuda máxima será la que se asigna, en función del país. 3. Para viajes desde fuera del territorio catalán con destino a Cataluña de ponentes, expertos o similares relacionados con el proyecto, un máximo del 75% del gasto subvencionable aceptado. 4. Para las horas de dedicación mencionadas en el punto d) de la base 4.1, ya sea entidad solicitante o entidad participante, una intensidad máxima del 75% del gasto subvencionado aceptado. 5. Para los gastos de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada, un máximo del 100% del gasto subvencionable aceptado, con un máximo de 1.500 euros.. El plazo y presentación de solicitudes para obtener las ayudas que prevé esta convocatoria será desde el 25 de abril al 18 de junio de 2015.
