# Ayudas a inversiones en tecnologías forestales, procesamiento, movilización y comercialización de productos forestales

> La Agencia Gallega de la Industria Forestal ha publicado las ayudas a las inversiones en tecnologías forestales, procesamiento, movilización y comercialización de productos forestales, en el marco del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

- URL: https://evalueconsultores.com/convocatorias/ayudas-a-inversiones-en-tecnologias-forestales-procesamiento-movilizacion-y-comercializacion-de-productos-forestales/
- Estado: Cerrada (plazo: 20 de marzo de 2026)
- Comunidad autónoma: Galicia
- Ámbito: Autonómica
- Categoría: ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE
- Sector: Financiero

## [FINANCIACIÓN PÚBLICA](https://evalueconsultores.com/servicios/financiacion-publica/)

### **inversiones en tecnologías forestales**

**GALICIA.** La **Agencia Gallega de la Industria Forestal**ha publicado las ayudas a las inversiones en tecnologías forestales, procesamiento, movilización y comercialización de productos forestales, en el marco del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural. La dotación total destinada a esta convocatoria es de**11.017.036,00 €**

- Línea 1. Gestión forestal activa.
- Línea 2. Madera y biomasa.
- Línea 3. Castaña y resina.
- Línea 4. Valor añadido en la primera transformación de la madera.
- Línea 5. Medición, trazabilidad y caracterización de la madera objeto de aprovechamiento.

#### OBJETIVO

- Establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas a las inversiones en tecnologías forestales, procesamiento, movilización y comercialización de productos forestales (código de procedimiento IN500A), encuadradas en la Intervención 6883 Inversiones forestales productivas del Plan estratégico de la PAC 2023-2027.

#### BENEFICIARIOS

- Microempresas, pequeñas y medianas empresas (incluidas las personas autónomas) del sector forestal radicadas en Galicia, en relación con las inversiones realizadas en zonas rurales según el ámbito territorial del PEPAC 2023-2027 ([anexo XIV](https://evalueconsultores.com/wp-content/uploads/2026/02/GAL_2026_INVERSIONES-EN-TECNOLOGIAS-FORESTALES-PROCESAMIENTO-MOVILIZACION-Y-COMERCIALIZACION-DE-PRODUCTOS-FORESTALES_RES.pdf)).
- Requisitos:

- Inscripción en el Registro de Empresas del Sector Forestal (Resfor) y datos actualizados.

- Excepción: empresas solicitantes que, aun teniendo su domicilio en áreas definidas como ZDP, soliciten inversiones no fijas para la realización de trabajos en el ámbito territorial del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027

#### ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Inversiones nuevas (no iniciadas antes de la publicación de la convocatoria ni antes de la inspección de no inicio cuando sea preceptiva) realizadas dentro del ámbito territorial del PEPAC 2023-2027 ([anexo XIV](https://evalueconsultores.com/wp-content/uploads/2026/02/GAL_2026_INVERSIONES-EN-TECNOLOGIAS-FORESTALES-PROCESAMIENTO-MOVILIZACION-Y-COMERCIALIZACION-DE-PRODUCTOS-FORESTALES_RES.pdf)), encuadradas en las cinco líneas de ayuda descritas.

- **Línea 1 Gestión forestal activa**: Procesadoras, taladoras y otros equipos de tala destinados a la realización de talas intermedias (clareos y claras), así como sus adaptaciones e implementos, que deberán instalarse en equipos propiedad de la solicitante.
- **Línea 2 Madera y biomasa:** Acondicionamiento e instalaciones en parques intermedios de corcho o biomasa; Autocargadores, arrastradores forestales y tractocargadores completos; Procesadoras, taladoras y otros equipos de tala, así como sus adaptaciones e implementos, que deberán instalarse en equipos propiedad del/de la solicitante; Maquinaria específica, aperos e implementos que permitan un aprovechamiento comercial de la biomasa forestal en el monte, astilladoras con capacidad de recogida, empacadoras, cosechadoras o procesadoras de biomasa.

- No tendrán consideración de maquinaria específica ni procesadora de biomasa los tractores con desbrozadoras o trituradoras forestales.

- **Línea 3 Castaña y resina:** Maquinaria específica, equipos, aperos e implementos que permitan un aprovechamiento comercial de la castaña o de la resina en el monte; Acondicionamiento e instalaciones de parques intermedios de almacenamiento y/o clasificación; Bienes de equipo e instalaciones en empresas de recogida, manejo, clasificación, acondicionamiento y comercialización de castaña o resina.
- **Línea 4 Valor añadido en la primera transformación de la madera:** Equipos portátiles para la clasificación estructural de la madera por métodos no destructivos; Maquinaria e instalaciones de primera transformación destinadas a la clasificación automática de la madera estructural mediante aspectos visuales o indirectos o según calidad de la materia prima/productos intermedios o finales; Maquinaria e instalaciones de primera transformación destinadas a la obtención de productos de mayor valor añadido basados en la madera serrada y que permitan abrir nuevas líneas de negocio a la empresa; Acondicionamiento, maquinaria e instalaciones de primera transformación para el procesamiento de la biomasa forestal y la transformación de la madera.
- **Línea 5 Medición, trazabilidad y caracterización de la madera objeto de aprovechamiento:** Equipos de medición de inventario forestal de carácter digital o analógico, sensores lidar terrestre y vehículos aéreos no tripulados y sus accesorios; Básculas sensorizadas; Equipos portátiles de ultrasonidos (MST, MTG, PLG…etc.), resistógrafos, penetrómetros, lupas binoculares, higrómetros, estufas o balanzas de laboratorio de precisión;

- Se excluyen, entre otras:

- Maquinaria usada.
- Adquisición de terrenos, edificaciones y mobiliario.
- La maquinaria de simple sustitución
- Inversiones destinadas al comercio al por menor o que den lugar a producto de consumo final.
- La obra civil, excepto la necesaria para el acondicionamiento del parque de materia prima y producto.
- Gastos de reparación y mantenimiento

- Acreditar la viabilidad económica de las inversiones mediante alguna de las siguientes circunstancias:

- Disponibilidad de crédito bancario para la inversión de un mínimo del 70 % del importe del mismo o comunicación bancaria de estar en disposición de conceder la financiación.
- Certificación bancaria de disponibilidad líquida en cuenta por el importe de la inversión.
- Ventas por importe superior al triple de la inversión.

#### COSTES ELEGIBLES

- Maquinaria y equipos descritos en el apartado anterior en función de la línea, incluidos los costes ligados al funcionamiento de determinados equipos (suscripciones y licencias de software específicas, excluido software de propósito general).

#### TIPO DE AYUDA

- Ayuda en forma de subvención, en régimen de concurrencia competitiva.
- Ayuda **no sujeta a régimen de minimis.**
- Porcentaje de subvención: hasta el 40% de los gastos elegibles.
- Máximo de subvención:

- Líneas 1 y 4: 200.000 €
- Líneas 2 y 3: 160.000 €
- Línea 5: 50.000 €

#### PLAZOS

- **EJECUCIÓN**:

- Primera anualidad: hasta el 31/08/2026.
- Segunda anualidad: hasta el 15/05/2027.

- **SOLICITUD:**Desde el 20/02/2026**al 20/03/2026.**

Resumen en PDF: https://evalueconsultores.com/convocatorias/ayudas-a-inversiones-en-tecnologias-forestales-procesamiento-movilizacion-y-comercializacion-de-productos-forestales/resumen.pdf
