Cheque de innovación y cheque tic
Estos programas pretenden fomentar la contratación de servicios catalogados por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia y prestados por proveedores acreditados por el Instituto de Fomento a PYMES con escasa o nula experiencia en Innovación o en la utilización de TIC, en el ámbito empresarial para el que se solicita la ayuda..
Cómo optar al cheque de innovación y cheque tic
Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases exclusivamente las PYMES cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la pesca y acuicultura, y a la producción primaria de los productos agrícolas.
Se considerarán costes elegibles los relacionados con la implantación en la empresa del cheque gestión y el cheque TIC
La cuantía máxima de subvención a fondo perdido a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario, no podrá exceder de 10.000 euros en el caso de Cheque de Innovación y 8.000 euros en el caso de Cheque TIC con cargo a estas Bases reguladoras.
El importe individualizado de la subvención será del 80% en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable, estando condicionado en todo caso el valor del Cheque, al coste final del servicio prestado, reduciéndose en su caso para respetar los límites anteriormente establecidos.
Las solicitudes de subvenciones podrán presentarse desde el mes 27 de mayo hasta el 30 de octubre de 2015.