Ayudas Interinnova para el ejercicio 2012
Ayudas Interinnova para el ejercicio 2012
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las empresas con personalidad jurídica propia y domicilio social en la Comunidad.
Podrán concederse subvenciones para financiar los gastos relacionados con:
1. Gastos de asesoramiento legal para realizar los contratos de transferencia de tecnología internacional o constitución de partenariados internacionales.
2. Compra de pliegos, traducción al idioma local de la documentación relacionada con el desarrollo del proyecto de internacionalización y gastos de legalización de documentos en los mercados internacionales.
3. Gastos de asesoramiento profesional para nuevos registros de marcas y diseños en mercados exteriores (excluidos las tasas y cualquier otro tipo de gasto suplido, así como los gastos de asesoramiento para renovaciones, modificaciones, reactivaciones, etc. de marcas o los gastos en patentes), siendo el límite de gasto subvencionable por este concepto de 3.000 euros.
4. Realización de ensayos en laboratorios y empresas consultoras acreditadas, así como los derivados de la obtención de certificados requeridos en países fuera de la Unión Europea, siempre que se trate de gastos obligatorios exigidos por la normativa del país de destino debiéndose especificar en este caso la normativa concreta a la que se está dando cumplimiento.
5. Sólo será subvencionable el IVA satisfecho por la adquisición de bienes y servicios cuando el beneficiario presente certificación actualizada, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de exención o no sujeción al IVA o acredite documentalmente que el importe del impuesto forma parte del coste de la actuación sub.
La ayuda podrá alcanzar hasta el hasta el 60% del coste total de cada expediente.
Podrán acogerse a estas ayudas las solicitudes presentadas entre el 6 de abril y el 4 de mayo de 2012.
Para más información accede a www.ivex.es