Ayudas del programa Promoción de Implantación de empresas extranjeras

    Se convoca el programa "Promoción de Implantación de empresas extranjeras" con una asignación económica de 2.000.000 €. La Convocatoria incluye un conjunto de medidas con el propósito de fomentar la I+D+i en las empresas de capital extranjero que pretendan implantarse en España o en aquellas que, estando ya implantadas, pretendan iniciar sus actividades de I+D+i.

    Ayudas del programa Promoción de Implantación de empresas extranjeras


    En concreto se prevén:

    1. Ayudas a experiencias piloto de implantación de empresas
    2. Proyectos de implantación de empresas

    Las ayudas previstas se destinarán a cubrir los siguientes conceptos de gasto derivados de la realización del proyecto:

    1. Gastos de personal
    2. Costes de instrumental y material
    3. Costes de edificios y terrenos
    4. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia
    5. Gastos generales suplementarios
    6. Otros gastos de funcionamiento

    Se aplicará una intensidad de ayuda máxima de un 80% en investigación aplicada y de un 60% en desarrollo experimental sobre el total de la cantidad estimada como subvencionable, de acuerdo con el Marco Comunitario sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación.

    Los criterios de selección de las operaciones serán los siguientes:

    1. Incremento de los recursos de la empresa dedicados a la I+D+i.
    2. Incremento de la intensidad tecnológica aportada en forma de patentes, licencias, etc.
    3. La valoración de los efectos directos, indirectos e inducidos
    4. Efecto arrastre del proyecto sobre la economía regional/nacional
    5. El interés estratégico de las tecnologías a desarrollar para España
    6. Fomento de los acuerdos de colaboración entre agentes privados
    7. Fomento de los acuerdos de colaboración público-privado PPP (Public-Private-Partnership)

    El periodo subvencionable comprenderá desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013.

    Las actividades objeto de ayuda deberán realizarse en una o varias de las Comunidades y Ciudades Autónomas incluidas, según en el Reglamento 1080/2006 del Parlamento europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006, en zona convergencia, "phasing out" y "phasing in" que son Galicia, Andalucía, Castilla la Mancha, Extremadura, Asturias, Murcia, Ceuta, Melilla, Castilla y León, Comunidad Valenciana y Canarias.

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