Ayudas del CDTI Fondo tecnológico

El Fondo Tecnológico es una partida especial de fondos FEDER de la Unión Europea dedicada a la promoción de la I+D+i empresarial en España. El CDTI ha sido designado para gestionar parte del mismo, para lo que ha diseñado distintos instrumentos con cofinanciación FEDER/CDTI, de acuerdo con las exigencias comunitarias.

Ayudas del CDTI Fondo tecnológico


El Fondo Tecnológico va dirigido a todas las regiones españolas, pero en su distribución se ha dado prioridad a las antiguas regiones del Objetivo 1, que en conjunto son destinatarias del 90% de su presupuesto: Andalucía, Extremadura, Castilla-La Mancha y Galicia: regiones de "Convergencia", destinatarias del 70% del Fondo Tecnológico. Comunidad Valenciana, Castilla y León y Canarias: regiones "Phasing in", destinatarias del 15% Murcia, Asturias, Ceuta y Melilla: regiones "Phasing out", destinatarias del 5%. Las restantes regiones españolas (regiones de "Competitividad") son destinatarias del 10% restante.

Características de la financiación
El Fondo Tecnológico se moviliza a través de los instrumentos financieros del Centro y se asigna a las propuestas presentadas en función de la disponibilidad de fondos en la Comunidad Autónoma de desarrollo del proyecto.

En los Proyectos de Investigación y Desarrollo (PID), la cofinanciación con el Fondo Tecnológico concede a la empresa un tramo no reembolsable que varía en función de la zona de ejecución del proyecto (20% para zonas de convergencia y phasing out, 15% para zonas de phasing in y 10% para zonas de competitividad). Esta cofinanciación estará sujeta siempre a la disponibilidad de fondos para cada zona.

Para los proyectos aprobados a partir del 25 de octubre de 2012, el importe de gastos generales que se considerará elegible a efectos de solicitar la cofinanciación europea de la ayuda, será el resultante de aplicar el método propuesto por CDTI a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), admitido por ésta y comunicado a la Autoridad de Gestión del Programa Operativo de Investigación, Desarrollo e Innovación por y para el beneficio de las empresas - Fondo Tecnológico, con fecha 19 de julio de 2012.

Dicho método establece un tanto alzado y se basa en el cálculo de un porcentaje máximo de elegibilidad, para cada operación o proyecto, de los gastos generales a certificar. Este porcentaje se establecería en el momento de la aprobación de cada operación. Los gastos generales a imputar a cada operación corresponderán al coste real directo del personal de ese proyecto por la media ponderada de imputación de costes generales calculados del sector al que pertenece la empresa, media que surge de la prorrata entre los gastos generales y el coste total real del personal de las empresas del sector que establece CDTI. El límite de los costes indirectos declarados sobre la base de este tanto alzado no podrá exceder del 20% de los costes directos.