Ayudas competitividad de los sectores estratégicos industriales en el ámbito de la automoción
Líneas de actuación:
1. Generación de nuevos productos o servicios o mejora de los ya existentes, que incrementen su valor añadido, mejoren su sostenibilidad y/o su seguridad.
2. Reingeniería de procesos productivos.
3. Adopción de sistemas avanzados de producción que impliquen incorporación de tecnologías de la información y comunicación, en especial los dirigidos a establecer colaboraciones estables a lo largo de la cadena de valor de un producto o servicio.
4. Estudios destinados a determinar la viabilidad técnica de actuaciones englobadas en los apartados 1 a 3 anteriores.
5. Formación dirigida a mejorar la capacitación del personal de la empresa
6. Inversiones destinadas a la superación de normas comunitarias para la protección del medio ambiente o al aumento del nivel de protección del medio ambiente en ausencia de normas comunitarias.
7. Inversión en medidas de ahorro energético.
8. Estudios medioambientales.
Serán beneficiarios de estas ayudas:
1. Empresas cuya actividad principal se encuadre en el código 29 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), establecida por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE 28 abril 2007).
2. Empresas industriales cuya actividad principal no está comprendida en el código CNAE anterior, que puedan acreditar que al menos el 60 por ciento de su facturación procede de empresas cuya actividad principal está comprendida en el código CNAE 29. Por empresas industriales, se entenderá aquellas cuyo código de actividad principal (tal como se define en el punto anterior) corresponda a la sección C (industria manufacturera) de la CNAE-2009.
3. Centros técnicos de automoción que tengan personalidad jurídica propia dependientes de las empresas referidas en los puntos 1 y 2 anteriores. Se entenderá por actividad principal de la empresa aquélla que proporcione el mayor valor de producción, o la que emplee un mayor número de personas. Esta circunstancia se acreditará mediante cualquier documento oficial en el que conste el código CNAE correspondiente a dicha actividad, tal como la tarjeta de identificación fiscal del beneficiario; la declaración censal; el impuesto de actividades económicas, etc.
4. Agrupaciones de interés económico (AIE), formadas por empresas de las señaladas como beneficiarias y que al menos una de ellas cumpla los requisitos establecidos en los apartados 1 y 2 anteriores.
Conceptos susceptibles de ayuda:
Líneas de actuación 1, 2 y 3:
1. Instrumental y equipos.
2. Gastos de personal.
3. Gastos en subcontrataciones
4. Otros gastos de funcionamiento. Materiales y suministros.
5. Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto o actuación.
6. Costes de edificios y terrenos
Líneas de actuación 4 y 8:
1. Costes del estudio de viabilidad técnica o del estudio medioambiental
Línea de actuación 5:
2. Costes de formación específica
Línea de actuación 6:
1. Inversiones destinadas a la superación de normas comunitarias para la protección del medio ambiente o al aumento del nivel de protección del medio ambiente en ausencia de normas comunitarias.
2. Activos materiales
Línea de actuación 7:
1. Inversiones en medidas de ahorro energético.
2. Activos materiales.
Las características de los préstamos serán las siguientes:
1. Importe máximo del préstamo: El que resulte de la aplicación de los límites de intensidad de ayuda establecidos por Reglamento (CE) 800/2008 de la Comisión, general de exención por categorías, siempre y cuando no superen la inversión financiable.
2. Plazo máximo de amortización: Diez años, con un plazo máximo de carencia de dos años.
3. Tipo de interés de aplicación del 3,95 por ciento anual.
4. No se exigirán garantías para la concesión de estas ayudas...
El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas será de 20 días naturales contados desde el 24 de mayo de 2012.