Ayudas AVEN para el fomento de la movilidad eléctrica e impulso de los combustibles alternativos en el sector transporte
Ayudas AVEN para el fomento de la movilidad eléctrica e impulso de los combustibles alternativos en el sector transporte
Las actuaciones objeto de ayuda son:
1. Proyectos piloto de movilidad eléctrica
2. Promoción de la bicicleta eléctrica en el trabajo
3. Renovación de flotas de transporte por carretera
4. Inversiones en estaciones de recarga eléctricas
Con carácter general las ayudas tendrán la consideración de subvención a fondo perdido. En la actuación Renovación de flotas de transporte por carretera, la intensidad de ayuda no excederá del 35% de los costes subvencionables. No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales para ayudas a pequeñas empresas y en 10 puntos porcentuales para ayudas a medianas empresas. Los costes subvencionables serán los costes de inversión suplementarios necesarios para conseguir un nivel de protección del medio ambiente superior al
exigido por las normas comunitarias.
En la actuación Inversiones en estaciones de recarga eléctricas, la intensidad de ayuda no excederá del 35% de los costes subvencionables. No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales para ayudas a pequeñas empresas y en 10 puntos porcentuales para ayudas a medianas empresas. Los costes subvencionables serán los costes de inversión suplementarios necesarios para conseguir un nivel de protección del medio ambiente superior al exigido por las normas comunitarias correspondientes, sin tener en cuenta los beneficios y costes de explotación.
En el resto de actuaciones la ayuda total de mínimis concedida a una empresa determinada no será superior a 200.000 euros durante tres ejercicios fiscales. La ayuda total de minimis concedida a una empresa que opere en el sector transporte por carretera no será superior a 100.000 euros durante tres ejercicio fiscales.
Podrá acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada. Asimismo, las solicitudes y la documentación anexa se presentarán ante el Registro Electrónico de la Generalitat en el plazo de 30 días naturales a contar desde presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el 29 de septiembre de 2012
Para saber más sobre las ayudas haz clic aquí. Si quieres acceder a las bases reguladoras haz clic aquí.