Ayudas a la inversión y funcionamiento de agrupaciones empresariales innovadoras
Ayudas a la inversión y funcionamiento de agrupaciones empresariales innovadoras
Las ayudas que se contemplan en la presente convocatoria tienen como finalidad incentivar la creación y/o fortalecimiento de agrupaciones empresariales innovadoras (AEIs) para aumentar la competitividad, sobre todo de las pequeñas y medianas empresas, a través de la formación de «clusters innovadores» o agrupaciones con vínculos colaborativos.
En particular se podrán incentivar los siguientes gastos de la agrupación:
1. Los gastos de funcionamiento.
2. Las inversiones en nuevos activos materiales e inmateriales para la construcción o mejora de la agrupación.
Podrán ser beneficiarios las agrupaciones empresariales innovadoras AEIs, en este caso, las subvenciones se concederán exclusivamente a la entidad jurídica que gestione la agrupación.
Serán susceptibles de ayuda, en la medida de la vinculación y dedicación a las funciones descritas en los párrafos anteriores y durante el periodo en que se utilicen para el proyecto, los siguientes costes:
1. Los costes de personal propio de la AEI involucrado directamente y correspondientes a aquellas acciones no productivas que no supongan facturación hacia terceros, vinculados a la acción a subvencionar: técnicos y demás personal auxiliar.
2. Los gastos generales necesarios correspondientes a la realización de acciones no productivas que no supongan facturación hacia terceros, vinculados a la acción a subvencionar, considerándose como tales los siguientes: costes de alquiler, reparación y conservación de las instalaciones e infraestructuras donde se desarrolle la actividad de la AEI, los costes de suministros o similares, incluido material de oficina, los costes de comunicaciones, los costes de desplazamientos.
3. Los gastos generales no superarán en ningún caso, el 25% sobre los gastos de personal técnico y administrativo imputables.
4. También podrán subvencionarse aquellos nuevos elementos activos materiales e inmateriales para la construcción o mejora de la agrupación.
Para la presente convocatoria se establecen los siguientes tipos fijos de subvención:
1. Para los gastos de funcionamiento operativo de la agrupación empresarial innovadora hasta el 45% de los costes elegibles.
2. Para los gastos de inversión en nuevos elementos activos materiales e inmateriales para la construcción o mejora de la agrupación hasta el 25% del gasto o inversión elegible.
Se aplicarán las siguientes primas:
Prima 1, +5% cuando el beneficiario corresponda, o desarrolle productos o servicios para los sectores definidos en la estrategia RIS3, incluidas las empresas de alta y media-alta tecnología.
En cualquier caso, el gasto máximo/año por el concepto de funcionamiento operativo de la agrupación empresarial innovadora será de 200.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 13 de febrero de 2015. Para más información haz clic aquí.