Ayudas a inversiones empresariales en Cataluña

    La Agencia para la Competitividad de la Empresa aprueba las bases reguladoras del programa de ayudas, en forma de Subvención a fondo perdido,
    a inversiones empresariales de alto impacto, y se hace pública la convocatoria para el año 2014.

    Ayudas a inversiones empresariales en Cataluña


    a) Proyectos de creación de empleo de los siguientes tipos:

    1. Centros de Servicios, especialmente aquellos de ámbito internacional, entendidos como aquellos centros que concentren servicios y procesos internos para las empresas o centros de trabajo de un mismo grupo empresarial, o bien centros con actividades de servicios.
    2. Centros de decisión de ámbito suprarregional, entendidos, en este caso, como centros que necesariamente deberán estar vinculados a una sede social establecida en Cataluña que tenga capacidad decisoria sobre las funciones y la estrategia de la empresa o del grupo de empresas a nivel suprarregional.
    3. Proyectos Industriales, entendidos como proyectos con actividades de producción de bienes a través del ensamblaje o la transformación de materias primas.
    4. Centros Logísticos, entendidos como centros con actividades de distribución. También aquellos centros que adicionalmente puedan desarrollar tareas de manipulación y las fases finales de finalización de producto.
    5. Centros de I+D+i que desarrollen actividades de investigación, desarrollo o innovación.

    b) Proyectos de inversión empresarial en activos fijos, que incorporen una nueva actividad o una diversificación significativa de su actividad corriente.

    c) Proyectos de creación de empleo y de inversión empresarial en activos fijos con las características que se han definido en los apartados a) y b) anteriores.

    d) Proyectos de investigación y desarrollo.

    Pueden ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta Resolución las empresas con ánimo de lucro con establecimiento operativo en Cataluña.

    En líneas generales se considerará subvencionable:

    1. El coste laboral anual del nuevo personal contratado.
    2. Activos materiales
    3. Activos inmateriales
    4. Gastos de personal propio y contratado asociado directa y exclusivamente al proyecto.
    5. Colaboraciones externas de cualquier tipo utilizadas exclusivamente para la actividad de investigación industrial y desarrollo experimental.
    6. Gastos de adquisición de equipamiento e instrumental dedicados exclusiva y permanentemente a la actividad de investigación industrial y desarrollo experimental.
    7. Gastos de registro de derechos de propiedad industrial y propiedad intelectual generados como consecuencia del proyecto.
    8. Otros gastos directamente vinculados a la actividad de investigación y desarrollo experimental.

    Importe máximo de ayuda
    1. Como mínimo el 50% de los trabajadores contratados son trabajadores desfavorecidos: importe máximo de la ayuda de 1.000.000 euros.
    2. No se contrata a trabajadores desfavorecidos, o no se alcanza el mínimo del 50%: importe máximo de la ayuda de 200.000 euros.

    Podrán acogerse a estas ayudas las solicitudes presentadas entre el 27 de junio y el 9 de octubre de 2014. Para más información haz clic aquí.